La burocracia administrativa está dilatando la ordenanza que regulará la concesión de ayudas de urgencia social. Suena paradójico que ante un caso como este no se actúe con la emergencia municipal necesaria para su inmediata aplicación. A la Comisión de Economía llegaron el lunes las alegaciones al texto pero se dejaron sobre la mesa porque sus miembros estimaron que es el consejo rector del Instituto Municipal de Asuntos Sociales el que debe abordarlas.

Quiere esto decir que una de las piezas claves del Plan de Rescate, propuesto por Podemos al comienzo de la legislatura con la unanimidad de todos los grupos políticos, sigue dando tumbos. La concejala socialista María José Pulido puso precisamente el ojo en esta cuestión y criticó, en declaraciones a este periódico, la lentitud del gobierno municipal en la gestión del procedimiento. «La crisis económica ha generado una situación determinada que obliga a acelerar las políticas sociales. Estamos en el ecuador de la legislatura y no ha salido adelante», sostiene la edil.

La ordenanza es, sin duda, vital para las personas que viven en situación de extrema vulnerabilidad en la ciudad. Basta para ello con echar un vistazo a la Declaración Universal de Derechos Humanos, con la que precisamente se inicia el preámbulo de la ordenanza: «toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios».

Y para ello se redacta esta normativa, para establecer las bases reguladoras de las ayudas económicas de urgencia social, es decir, la que da cobertura a necesidades básicas y previene situaciones de exclusión social.

Se trata de ayudas económicas extraordinarias dirigidas a garantizar de manera temporal la cobertura de los recursos personales básicos para la subsistencia, que se otorgan mediante convocatoria anual. Es otro de los puntos en los que María José Pulido difiere: «Las ayudas urgentes son urgentes, no deberían entrar dentro de un plazo, pueden surgir en cualquier momento».

Los plazos

Las ayudas, que oscilan entre los 1.000 y los 400 euros, subvencionarán gastos destinados a cubrir de forma puntual un amplio abanico de necesidades para los beneficiarios, entre ellas alimentación, higiene, vestido, calzado y otros gastos básicos de la vida diaria, además de compra de mobiliario y electrodomésticos básicos, suministros de agua, gas y electricidad, adquisición de aparatos, ortopedia, prótesis, material escolar de menores escolarizados en Infantil, Primaria y Secundaria siempre que no sean subvencionados al 100% por otras administraciones públicas o entidades, ayudas para el alquiler, hipoteca, gastos farmacológicos o transporte urbano.

¿Quiénes podrán ser beneficiarios de las ayudas? los mayores de edad o menores emancipados judicialmente, pero han de estar empadronados y residir legal y efectivamente en Cáceres ni tener reconocida o acceso a otras ayudas de administraciones públicas o pertenecer a una unidad familiar en la que se carezca de rentas o ingresos suficientes.

Respecto a los plazos, la ordenanza marca hasta el 30 de noviembre del año al que esta se refiere y deberán entregarse con la documentación correspondiente (se trata de una buena cantidad de papeles) en el registro municipal del ayuntamiento o sus registros auxiliares. No obstante, la ordenanza está aún pendiente del estudio de las alegaciones y de que finalmente supere todos los trámites.