La Audiencia Provincial de Cáceres confirma la condena por homicidio imprudente al acusado de causar la muerte a otro tras un accidente de tráfico. El condenado impactó contra una motocicleta lo que provocó la caída de la víctima. Como consecuencia de ello sufrió un politraumatismo que terminó causándole la muerte días después. El acusado fue condenado por conformidad por el Juzgado de lo Penal 2 de Cáceres a pagar una multa de 1.620 euros por un delito de homicidio imprudente en su modalidad de menos grave. Además fue condenado a indemnizar de manera solidaria con su aseguradora a su viuda y a sus dos hijos con 142.849 euros (123.677 euros a su esposa y 9.586 a cada uno de sus hijos).

Fue precisamente la aseguradora la que recurrió la sentencia del juzgado porque no compartía la forma en la que se había calculado el lucro cesante, que se estableció en 180 euros mensuales, dinero que se estimó podía dejar de percibir la viuda como consecuencia de la muerte de su esposo (él estaba jubilado pero era quien mantenía la unidad familiar). Sin embargo la Audiencia considera correcta la indemnización impuesta porque es necesario reparar el perjuicio económico que todo esto le ha supuesto: «Es indiscutible que la pérdida de ingresos va a tener una repercusión económica inmediata por lo que es forzoso corregirlo si se pretende obtener el completo resarcimiento de los perjuicios» ocurridos como consecuencia del fallecimiento de la víctima. Por esta razón desestima el recurso y confirma el fallo del juzgado. La sentencia ya es firme.