Un año sin poder cazar y el pago de una multa de casi 500 euros. Es lo que le ha supuesto a un cazador cacereño practicar su afición fuera de temporada, un hecho por el que el Juzgado de lo Penal le ha declarado autor responsable criminalmente de un delito contra la fauna, y le ha impuesto las penas de multa e inhabilitación especial para cazar antes indicadas.

El juez declara probado en su sentencia que el 10 de junio del año 2009, el acusado, Manuel M. M., sin antecedentes penales, se dedicó a cazar, acompañado de dos perros, en el interior del paraje 'El Muelo', perteneciente al coto del Club Deportivo Agrupación de Cazadores de Cáceres.

Y lo hizo, añade el juez, en época en que la práctica de la caza estaba prohibida, pues según se hace constar, la licencia de caza clases A y C de la que dispone el acusado acredita que este tenía "pleno conocimiento de la prohibición de cazar fuera de temporada según la orden de Vedas 2008/09 aprobada en virtud de la orden de 17 de julio del 2008".

Así pues, se le declara autor de un delito contra la fauna y se le impone una pena de 4 meses de multa con cuota diario de 4 euros, e inhabilitación para cazar por un año.