Nueve de los acusados piden sustituir la pena de prisión por rehabilitación en base a la suspensión extraordinaria del artículo 87 del Código Penal, que dice: "... el juez o tribunal, con audiencia de las partes, podrá acordar la suspensión de la ejecución de las penas privativas de libertad no superiores a cinco años de los penados que hubiesen cometido el hecho delictivo a causa de su dependencia de las sustancias señaladas en el nº 2 del artículo 20 (alcohol, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas...), siempre que se certifique suficientemente, por centro o servicio público o privado debidamente acreditado u homologado, que el condenado se encuentra deshabituado o sometido a tratamiento para tal fin en el momento de decidir sobre la suspensión".