La Fiscalía comparte el criterio del Tribunal Supremo --existen ya dos sentencias de su sala segunda al respecto-- en el sentido de que el delito contra la ordenación del territorio lo puede cometer cualquier persona, incluido un particular que se compra una parcela en la que él mismo construye su vivienda, y no sólo los profesionales, como promotores, constructores o técnicos.

Discrepa, por ello, de la resolución de la Audiencia, aunque "se trata de una discrepancia puramente jurídica", subrayó el fiscal Juan Antonio Galán. "La Fiscalía mantiene que de este delito puede ser culpable cualquiera, pero la Audiencia mantiene el criterio de que sólo pueden cometerlo quienes ostentan la cualidad profesional de promotores, constructores o técnicos". En base a esto, "contra los propietarios de las edificaciones de Los Llanos no se puede actuar, y hay que acatarlo".

También los ecologistas discrepan. Las asociaciones que en su día denunciaron el caso, ya manifestaron que, a su juicio, el auto de la Audiencia "abre la puerta a la destrucción de nuestros espacios más emblemáticos", y anunciaron su intención de recurrirlo en base a la jurisprudencia existente.