Tenía una orden de alejamiento de su exmujer, y no sólo no la cumplió, sino que apuñaló al hombre que intentaba protegerla cuando él la perseguía con un machete. Por estos hechos, que ocurrieron la noche del 10 de julio del año pasado en Trujillo, Juan Ignacio Blázquez, trujillano de 37 años, pasará más de 9 años en prisión.

La Audiencia Provincial de Cáceres, donde el pasado día 6 fue juzgado por un delito de homicidio en grado de tentativa, además de otros delitos y faltas, como quebrantamiento de condena e injurias familiares, le ha declarado culpable de un total de cuatro delitos, por los que le condena a un total de 9 años y cuatro meses de prisión, y dos faltas, que le supondrá el pago de multas por importe de 240 euros. Además, se le impone la prohibición de acercarse o comunicar con su exmujer en 9 años, y con el amigo de ésta al que apuñaló en 10 años.

Y es que el tribunal que le ha juzgado declara probado que el 10 de julio del 2005, y pese a la orden judicial que le impedía acercarse a su exmujer, Juan Ignacio Blázquez acudió a la discoteca La Abadía de Trujillo, donde su exmujer celebraba junto a varios compañeros de trabajo una despedida de soltero, y les ha amenazado, insultado, arrojado botellas..., hasta que el personal de seguridad del local "se vio obligado a expulsarlo ante el revuelo que estaba produciendo".

SUCESO Y PENAS El acusado, en lugar de marchase, les esperó fuera y, cuando vió a su mujer sacó un machete que llevaba atado al tobillo y corrió tras ella. Dos amigos de la mujer acudieron en su ayuda y, en un momento dado, a uno de ellos el agresor "le ha clavado el machete que portaba en el abdomen diciendo "toma ésto, cabrón"".

A consecuencia de la agresión la víctima sufrió heridas "que le hubieran supuesto su muerte inminente si no es por la rápida intervención médica", algo que el tribunal ha estimado que ha quedado probado, por lo que le declara autor de un delito de homicidio en grado de tentativa y le condena a 6 años de prisión.

También, por los hechos anteriores a esta agresión, se le declara culpable de un delito de amenazas graves con la agravante de parentesco, por el que le condena a un año y seis meses de prisión; de un delito de quebrantamiento de condena, por el que se le impone una pena de un año de prisión; y de un delito de amenazas, por el que se le condena a 10 meses de prisión.

A éstos se suman una pena de multa de 120 euros por una falta de injurias, y otra multa de la misma cuantía por la comisión de una falta de amenazas.