El ayuntamiento tendrá que aclarar si se rebajó el nivel de la protección que tenían los edificios (con el actual, ambiental, está autorizado el derribo interior, según las normas del catálogo de los bienes protegidos del nuevo plan de urbanismo). También tendrá que aclarar si con el derribo se ha dañado algún bien a proteger (bóvedas).

Otra de las cuestiones que se tendrán que explicar es la solución para la cubierta (ahora, aunque aún la obra no está definitivamente acabada, está en terraza) y si es necesario que quede con una cubierta a dos aguas.

Además se tendrá que detallar si altura, volumen y edificabilidad son correctos.