Una sentencia de la Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado al propietario del local La Calle, ubicado en la Madrila, al pago de 5.212,63 euros, más intereses, a la Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (Agedi), a la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) y a la Sociedad de Gestión de España de Artistas, Intérpretes o Ejecutantes (AIE), debido al incumplimiento de unos contratos, según se recoge en el escrito.

El fallo desestima así el recurso de apelación presentado por el propietario del local, Enrique D. A., quien aseguró no tener constancia o conocimiento de dichos contratos. Enrique D. A. alegó que la firma de los documentos es ilegible, no pudiendo probar que se trate de la suya, y que, además, existen otra serie de datos técnicos en los contratos, como los referidos a los metros cuadrados del local, que tampoco se ajustan a la realidad.

Sin embargo, la sentencia indica que, aun siendo cierto que "las firmas estampadas bajo la rúbrica de la empresa son ilegibles (...) examinando su contenido se puede comprobar que recogen todos los datos personales del apelante, incluido DNI (...) admitiendo que Enrique D. A. es el titular del establecimiento".

Asimismo el auto concluye que "en los contratos se hace constar el número de cuenta bancaria" titularidad de Enrique D. A., "donde se domiciliaban los abonos mensuales (...) con independencia de que la firma sea legible", determinando que el propietario del local La Calle "suscribió los contratos y estuvo cumpliendo con lo pactado hasta que dejó de abonar las cuotas mensuales reclamadas en la demanda", recoge la sentencia.

Por su parte, el dueño del local, con el que habló ayer este periódico, reiteró no haber firmado esos documentos, añadiendo que hace "cuatro o cinco años que dejaron de mandarme los recibos que pasaban por el banco y dos o tres años más tarde me presentaron los contratos que yo no he firmado".