El Tribunal Supremo rebaja a la mitad la condena puesta por la Audiencia Provincial de Cáceres a uno de los acusados de una violación en Los Fratres. Baja la pena de doce a seis años al no considerarle coautor de los hechos como hacía la Audiencia, sino cooperador necesario. Los hechos ocurrieron en mayo del 2015, en un parque de la barriada de Los Fratres, que por aquella época era frecuentado por transeúntes.

Esa tarde se habían reunido allí unas seis personas, aunque a última hora se quedaron solo tres: los dos acusados (dos hermanos de nacionalidad rumana) y la víctima. Recoge la sentencia que la víctima estaba sentada en un banco entre los dos hermanos, cuando ambos la arrastraron hacia un lugar más apartado donde el mayor empezó a tocarla y a llamarla «curva» (prostituta en rumano). Con una navaja comenzó a tirarle de la ropa para quitársela mientras que el hermano menor la sujetaba, a la vez que le hacía pequeños cortes en la mano y en los muslos y la obligaba a beber algo de alcohol.

Ella, que tiene realizada una traqueotomía, tenía dificultades para hablar pero, con un tono de voz apenas audible, les dijo que se negaba a mantener relaciones sexuales. Aún así no le hicieron caso. Una vez que le habían quitado la ropa, el hermano mayor la violó mientras el otro hacía funciones de vigilancia. Pidió a su hermano pequeño que la violara él también. Este último, aún reticente, se quitó la camiseta y comenzó a tocarla. Sin embargo, ante el estado lloroso y suplicante de la víctima, el hermano mayor volvió de nuevo a violarla, mientras que el pequeño retomó sus funciones de vigilancia.

Una vez que terminaron su hazaña advirtieron a la víctima de que, como dijera algo, la matarían. Y la obligaron a escribir su dirección en un papel diciéndole que si decía algo irían a buscarla a su domicilio. Después ambos hermanos lavaron a la mujer con una botella de agua que tenían y el hermano pequeño tiró la camiseta que llevaba puesta a una papelera, que fue encontrada después por la policía.

PIDIÓ AUXILIO / La víctima se vistió y abandonó el lugar pidiendo auxilio a un ciudadano, que fue el que llamó a la policía. Por los hechos, recoge el fallo, la víctima sufrió una escoriación de siete centímetros en la zona de la mandíbula derecha, dos hematomas en el codo izquierdo, múltiples escoriaciones en ambos brazos y antebrazos, varias escoriaciones y dos estigmas en los glúteos y escoriaciones de unos quince centímetros en la cara anterior del muslo derecho. Las heridas tardaron siete días en curar.

Por estos hechos la Audiencia puso una pena de trece años de prisión al hermano mayor y de doce años al pequeño, por considerarlos coautores de un delito de agresión sexual agravado. Sin embargo el Tribunal Supremo estima ahora que el hermano pequeño no puede ser considerado autor de los hechos porque él no efectuó la acción, sino que fue «cooperador necesario»; es decir, con su acción posibilitó que su hermano violara a la víctima. Por esta razón le rebaja la pena impuesta en un principio a la mitad, por lo que se le condena a cumplir seis años de prisión.