Las terrazas podrán instalarse desde las 8.00 hasta la 1.30 de la madrugada en invierno, y de 8.00 a 2.00 en verano, según la futura ordenanza (los fines de semana, media hora más). Quedan prohibidos los conciertos y la instalación de aparatos de imagen y sonido tanto en la terraza como en el interior, cuyo sonido trascienda al exterior. En cualquier caso, el titular ha de adoptar las medidas necesarias para evitar molestias, y deberá limpiar la zona cada noche.

Las infracciones pueden ser muy graves, graves o leves. Las multas oscilan entre 300 y 3.000 euros, además de la suspensión definitiva o temporal de la licencia (de tres meses a tres años).