El residencial Mirasierra nunca llegó a construirse, ni tampoco se podría haber ejecutado con los planteamientos que defendían su promotor, la unión temporal de empresas Ciudad Jardín Mirasierra, y el ayuntamiento, según considera ahora el TSJEx en una sentencia que sale casi tres años después de los hechos juzgados.

La Ute presentó un recurso contra la orden de la Consejería de Urbanismo de abril del 2001 que denegaba la aprobación final de la modificación del plan general de urbanismo, un cambio necesario para transformar en urbanizables las 40 hectáreas del residencial Mirasierra y poder construir 1.280 viviendas.

PLAZO DE SEIS MESES La Ute y el ayuntamiento consideraron que esa modificación se aprobó por silencio administrativo de la Junta. Ambos argumentaron que cuando la resolución del consejero se comunicó al consistorio habían transcurrido más de seis meses, plazo que marca la ley para comunicar la resolución, desde la entrada en la consejería en septiembre del 2000 del expediente de la modificación puntual del plan de urbanismo.

El TSJEx estima que la resolución se comunicó dentro de plazo, ya que el expediente no se completó hasta el 23 de enero del 2001, cuando la comisión regional de Urbanismo emitió su informe preceptivo. Y considera que el consistorio no debió remitir el expediente a la consejería en septiembre del 2000, sino que antes tuvo que mandarlo a la comisión para que en el plazo de un mes emitiese su informe.

EXPEDIENTE COMPLETO El tribunal añade que el consistorio omitió su obligación de obtener previamente ese informe para luego poder enviar todo el expediente completo a la consejería.

El TSJEx también desestima el segundo de los argumentos presentados para revocar la orden de la consejería, ya que valora que la resolución no invade las competencias que tiene el consistorio en materia urbanística.

El TSJEx apunta en su sentencia que el cambio del plan propuesto por el promotor y apoyado por el consistorio, que lo aprobó inicial y provisionalmente, tenía una incidencia supramunicipal, por lo que era necesaria la resolución de la consejería sobre su aprobación final.

El residencial no llegó a construirse, a pesar de que el consistorio entendía que podía hacerse. La Junta avisó de que impugnaría cualquier aprobación.