A partir del 1 de octubre del 2007, los propietarios de montes tendrán que costear los gastos que origine la extinción de incendios forestales en sus terrenos. La única manera de eludir el pago de estas tasas será la elaboración y puesta en funcionamiento de planes preventivos, que deben ser aprobados por la Administración regional.

Esta es una de las consecuencias de la entrada en vigor del plan de Prevención de Incendios Forestales en Extremadura (Preifex) que, según recordó ayer el consejero de Desarrollo Rural, Francisco Javier López Iniesta, se producirá el próximo domingo. Desde esa fecha, y según recoge la Ley de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, aprobada por la Asamblea el 24 de junio del 2004, los dueños de los montes tendrán un año para diseñar un conjunto de medidas que obstaculicen la acción del fuego y ponerlas en marcha, previa aprobación de la Junta.

TASAS DE EXTINCION Esto les supondrá una exención de entre el 25% y el 100% de las tasas por extinción de incendios, según el nivel de desarrollo del plan. Para quienes opten por no establecer medida alguna, el Ejecutivo regional contempla unas tasas que varían en función de la superficie quemada y de los medios necesarios para sofocar el fuego.

Así, todos los propietarios sin plan preventivo en cuyos terrenos haya un incendio pagarán un fijo de 100 euros. Si el fuego quema entre cinco y cien hectáreas tendrán que abonar, además, 20 euros por hectárea si sólo se usan medios terrestres en la extinción y 30 euros si hay apoyo de medios aéreos. Si la superficie afectada está entre 101 y 500 hectáreas el canon oscila entre diez euros por hectárea con medios terrestres y 15 euros con áereos. Finalmente, si se calcinan más de medio millar de hectáreas, la tarifa va de ocho euros si intervienen retenes de tierra a doce si entran hidroaviones o helicópteros.

Además, y para todos los ciudadanos, la ley contempla un régimen sancionador en caso de causar incendios ya sea por acción u omisión, con multas que van de cien a un millón de euros según la gravedad del daño.

ZONAS DE ALTO RIESGO En cuanto a las medidas preventivas que deben tomarse, irán en función del riesgo potencial de incendios decretado en cada zona, según un mapa de peligro que divide la región en cuatro áreas.

Los planes más exigentes --con cortafuegos, accesos, puntos de toma de agua, obligación de podas, limpieza, etcétera-- corresponden a las denominadas ZAR, es decir, Zonas de Alto Riesgo, que abarcan los territorios de Gata, Hurdes, Jerte-Ambroz, Vera-Tiétar, Monfragüe, Ibores, Villuercas, Valencia de Alcántara, Sierra de San Pedro, Montánchez, Siberia, Sierras de Siruela-Zarzacapilla, Sierras Centrales de Badajoz y Tentudía.

Para estas áreas, según adelantó Iniesta, la Junta ya tiene prácticamente preparados los decretos que ayudarán a elaborar los planes preventivos, adecuándose a la realidad de cada zona. Para el resto de terrenos los planes contemplan menos exigencias, aunque son igualmente obligatorios, así como para los ayuntamientos en las zonas periurbanas.

Respecto a las tasas, el consejero de Desarrollo Rural recordó que "las extinción de los incendios tiene un coste económico y social importante". Asimismo, apuntó: "Si la Administración hace un esfuerzo en la prevención --con importantes inversiones--, también se le puede pedir al administrado".