La Consejería de Sanidad y Dependencia, a través del Servicio Extremeño de Salud (SES), afirma que la Ley Antitabaco, que ha entrado hoy en vigor, tiene como fin "elevar el nivel de protección de la salud de la población frente a la exposición al humo ambiental del tabaco en los espacios cerrados de uso público o colectivo".

La Junta resalta que la nueva Ley de Medidas Sanitarias frente al Tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, "que pretende, sobre todo, proteger la salud de los ciudadanos".

En este sentido, explica que "se quiere elevar el nivel de protección de la salud de la población frente a la exposición al humo ambiental del tabaco en los espacios cerrados de uso público o colectivo, así como garantizar la igualdad del acceso de toda la población española a los beneficios de salud pública, independientemente de su puesto de trabajo, su edad o su lugar de residencia".

Se trata, agrega, de una protección centrada principalmente en los colectivos de menores y embarazadas, grupos sensibles de población que están expuesto al humo del tabaco en los lugares públicos cerrados, y el de trabajadores del sector de la hostelería, que se encontraba hasta ahora desprotegido con respecto al resto de los trabajadores al estar expuestos al humo de tabaco ajeno en su lugar de trabajo.

Esta medida, además de minimizar los daños asociados al consumo y a la exposición al humo ambiental de tabaco, contribuye a cambiar las normas sociales acerca del hábito de fumar y a prevenir el consumo de tabaco en adolescentes, señala también.

Lugares sin humo

Entre otros, se consideran lugares libres de la contaminación del humo del tabaco todos los bares, restaurantes, salas de fiesta y establecimientos de juego, estaciones de autobuses, ferroviarias y marítimas, puertos, aeropuertos, salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos, incluidos los que estén al aire libre y todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo.

En algunos lugares se establece la posibilidad de habilitar zonas de fumadores cumpliendo especificaciones concretas y sólo para uso de clientes, internos y residentes de hoteles, establecimientos penitenciarios, centros psiquiátricos y residencias de mayores.

La ley también contempla la prohibición de que aparezcan personas fumando en programas de televisión, incluyendo a invitados, así como en los servicios de la sociedad de la información, además de mostrar o mencionar marcas, logotipos o nombres comerciales de estos productos.

El nuevo texto recoge, igualmente, medidas relacionadas con desigualdades, planes de prevención, en especial a menores, junto con programas y tratamientos de deshabituación, a la vez que promueve un informe de evaluación del impacto de esta modificación sobre la salud pública con carácter bienal.

Para informar del contenido de esta nueva norma, la Consejería de Sanidad y Dependencia, a través del SES, remite cartas personalizadas a los representantes de la hostelería, a los ayuntamientos y a los agentes sociales informándoles de la nueva normativa e indicándoles las actuaciones a seguir.

Asimismo, se editarán carteles haciendo referencia a la nueva Ley, una vez publicada en el BOE, que se remitirán a los ayuntamientos y desde donde podrán retirarlos los hosteleros y cuantos establecimientos requieran de tenerlos expuestos.

Esta cartelería además puede descargarse desde el portal de la propia Consejería de Sanidad, saludextremadura.com, donde se encuentra toda la información relativa a este tema, incluyendo un apartado de preguntas y respuestas más frecuentes, y se ha habilitado un teléfono de información gratuito, 900 210 994, que será atendido de lunes a viernes desde las 8.00 hasta las 15-00 horas.