Cornalvo no puede ser declarado parque natural, al menos así lo entiende la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (TS), que el pasado 6 de mayo dictó una sentencia en la que se anula otra del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) por la que se confirmaba la declaración por parte de la Junta de Extremadura del área de Cornalvo como parque natural.

La sentencia, a la que ha tenido acceso EL PERIODICO EXTREMADURA, se produce en base a un recurso de casación --interpuesto por 12 propietarios de fincas afectadas por la declaración de parque natural-- contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJEx de 1997, por la que se declaraba el área de Cornalvo como parque natural, en función de un decreto de la Junta de Extremadura de 1993.

ARGUMENTACION

Los recurrentes se basaban en que los espacios naturales excepcionalmente pueden declararse parques y reservas sin la previa aprobación de un Plan de Ordenación de los Recursos Naturales, "cuando existan razones que lo justifiquen y que se hagan constar expresamente en la norma que los declare". Así, la tramitación del plan debe realizarse en el plazo de un año a partir de la declaración de parque o reserva.

En este sentido, los propietarios de las fincas sostienen que la Junta ha prescindido del procedimiento legal, ya que no presentó las razones que justificaban la declaración de parque natural en el citado plazo, ni realizó el plan de ordenación, y añaden que los informes que debían avalar la importancia del enclave "no fueron favorables", por lo que no hay razones que justifiquen esta decisión, ya que "la zona no es merecedora de ello".

Para la Junta se trata de una mera irregularidad formal que no invalida la declaración, pero los recurrentes y el TS no opinan lo mismo. Según la ley, la aprobación del plan de ordenación debe preceder, como regla, a la declaración del espacio como parque natural --aunque el orden puede intercambiarse bajo determinadas condiciones-- "pero siempre en el plazo de un año". Así, sin plan de ordenación, la declaración de espacio natural es "en buena medida inoperante".