Cerco legal a las bandas juveniles organizadas. Los chavales de entre 16 y 18 años que cometan delitos actuando en este tipo de organizaciones podrán ser castigados hasta con seis años de internamiento en régimen cerrado. Así se prevé en la reforma de la ley del menor, que ayer superó su primer trámite en el Consejo de Ministros.

El nuevo texto también contempla la posibilidad de que pasen a la cárcel cuando cumplan los 18 años. Además, incorpora la medida del alejamiento --similar a la que se dicta en los casos de violencia machista-- para combatir el acoso escolar.

La reforma, que era un compromiso electoral del PSOE, tiene que iniciar ahora el trámite parlamentario. El texto estará en vigor el verano del año que viene, según los cálculos del Ministerio de Justicia. La vicepresidenta del Ejecutivo, María Teresa Fernández de la Vega, explicó que el objetivo es "dar nuevas respuestas a nuevas realidades".

La proliferación de bandas como los Latin kings o los Detas ha hecho saltar la alarma en el Ejecutivo. Por eso, el Ministerio de Justicia ha incluido la delincuencia juvenil organizada en la reforma de la ley, cuyo texto actual --aprobado en el 2002-- no recoge este tipo de criminalidad.

La futura norma castigará con un máximo de tres años a los chavales de entre 14 y 16 años que cometan delitos como miembros de bandas. Para los que tengan entre 16 y 18 años, el texto prevé hasta seis años de internamiento en régimen cerrado en los casos muy graves.

Por otra parte, la reforma incluye la posibilidad "excepcional" de que el juez envíe a la cárcel a un menor cuando éste haya cumplido los 18 y esté cumpliendo condena en régimen cerrado. Para tomar esta decisión, el magistrado deberá tener en cuenta la opinión de los especialistas y del fiscal. Actualmente, los menores continúan en los centros de internamiento aunque alcancen la mayoría de edad. El paso a la cárcel sólo se realiza generalmente a partir de los 21 años.

OTRAS REFORMAS Otro de los aspectos que se modificará será el relativo a las medidas cautelares. Actualmente, el juez puede dictar estas medidas durante tres meses, prorrogables por otros tres, un tiempo que "resulta a veces insuficiente". Cuando la reforma sea una realidad, el periodo inicial será de seis meses, prorrogables durante otros tres. En el mismo sentido, las faltas no prescribirán a los tres meses sino a los seis.

En rueda de prensa, el titular de Justicia insistió en que la reforma preserva la filosofía de la ley: "La rehabilitación del menor" y destacó que los jueces podrán dictar medidas de internamiento para los menores que cometan delitos tipificados como graves en el Código Penal pero que no son violentos.