La asociación de propietarios de la Umbría y la Solana de la Montaña mantiene la solicitud de que se ejecute la sentencia que declaró nula la orden que permitió la ejecución de las 550 casas del residencial Universidad y que, por tanto, se proceda al derribo de las mismas por ser ilegales. La petición de la asociación se incluye en el escrito que se dirige al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) y es parte del proceso que se inició el pasado mes de enero, cuando la asociación pidió la ejecución de la sentencia al tribunal.

El texto presentado ahora recoge las alegaciones que la asociación formula al escrito que el ayuntamiento presento a finales del mes de marzo al tribunal en respuesta a la solicitud de la Sala de lo Contencioso del TSJEx, que pidió al ayuntamiento que informase de las medidas adoptadas para la ejecución de la sentencia.

Uno de los argumentos expuestos por el ayuntamiento es que la sentencia es inejecutable porque los terrenos donde se levanta el residencial han quedado entre los suelos urbanos del nuevo Plan General Municipal de urbanismo (PGM), por lo que dejan de estar en terreno no urbanizable de protección especial, situación en la que quedó el residencial a raíz de la sentencia de la Sala de lo Contencioso del TSJEx del 2003, ratificaba en 2007 por el Tribunal Supremo.

Entre los argumentos dados por la asociación en sus alegaciones está que el cambio de la clasificación urbanística de los terrenos del residencial, de no urbanizable de especial protección a suelo urbano, tiene como objetivo dar una cobertura legal a la situación de ilegalidad de las casas, ya que no se dan otro tipo de motivaciones que expliquen por qué un terreno que tenía la consideración de suelo no urbanizable protegido por sus valores ambientales pasa ahora a estar entre los suelos urbanos.

La conclusión a la que se llega en el escrito de la asociación es que el cambio de la clasificación urbanística del terreno del residencial tiene por finalidad evitar el cumplimiento de la sentencia y, por tanto, se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva y la obligación de que se cumplan las sentencias y demás resoluciones judiciales. Se añade que no basta con que la administración cambie la normativa aplicable al caso, ya que si esto fuera así el poder de la misma sería ilimitado y podría adaptar situaciones ilegales mediante un mero cambio en la normativa.

En el escrito de alegaciones se detalla que terrenos colindantes al residencial, junto a la carretera de Trujillo, han quedado entre los nuevos suelos urbanizables, pero que el residencial es el único suelo dentro de la Umbría de la Montaña y fuera de la linde con la carretera de Trujillo donde se permite edificar con el nuevo plan general de urbanismo, mientras que en las superficies que lo rodean no es posible la edificación o siguen como suelo no urbanizable, precisándose que todo este enclave contaba con una especial protección en el plan general de urbanismo anterior y que continúa entre los terrenos donde no se puede edificar con el nuevo plan, salvo el que ocupa el residencial.

La conclusión en el escrito de alegaciones es que el cambio urbanístico en el suelo del residencial se debe al intento de la administración local de legalizar lo que una sentencia declaró ilegal.

En el escrito de alegaciones también se anuncia que la asociación recurrirá el plan de urbanismo, tiene de plazo hasta finales de mayo, y se añade que si el TSJEx no considerase procedente ahora la solicitud de la ejecución de la sentencia con el derribo de las casas edificadas ilegalmente, que se declare la suspensión del actual procedimiento de ejecución del fallo judicial hasta que se resuelva el recurso que se planteará contra el plan.