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Eliminación del número máximo de viviendas en parcelas sin desarrollar

La edificabilidad se mantiene (los metros cuadrados que como máximo se pueden construir, que es el aprovechamiento que se obtiene del suelo), pero se propone eliminar la referencia a un número máximo de viviendas que se puedan edificar en un suelo a desarrollar. No obstante, en las áreas de planeamiento específico --como por ejemplo la parcela de las Carmelitas-- o en los nuevos suelos urbanizables el número de viviendas es indicativo, no es máximo ni limitativo.

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