La Audiencia Provincial de Cáceres ha declarado la nulidad de una hipoteca multidivisa que firmó Bankinter con un cliente. Es la primera sentencia que dicta un órgano superior en la capital cacereña y este dictamen ratifica la resolución que emitió el juzgado de primera instancia número 4 de Cáceres tras el juicio que se celebró el 18 de diciembre de 2017.

En su veredicto del 18 de mayo, el juez de la Audiencia obliga al banco a recalcular el cuadro de amortización del préstamo, rebajar la deuda, y devolver a los clientes los intereses que han pagado de más los clientes, representados por Pita & Broncano.

Según el dictamen y remite el bufete, «los clientes solicitaron un préstamo para adquirir una vivienda, y el banco (Bankinter) les ofreció contratar la hipoteca multidivisa, con la argumentación de que con esta hipoteca pagarían menos intereses mensuales que con una hipoteca tradicional». El crédito estaba firmado en yenes japoneses.

El magistrado justifica su veredicto en que el banco no pudo demostrar «en el juicio que en su día los clientes hubieran negociado o participado en la redacción de las cláusulas multidivisa porque, entre otros motivos, no entregó en su día a los clientes folleto informativo u oferta vinculante alguna, no acreditó haber informado a los clientes de que la oscilación del yen podría suponer un aumento de la cuota mensual que incluso no pudieran hacer frente los clientes y tampoco pudo acreditar haber informado a los clientes de que esa fluctuación del yen podría suponer, además, que, habiendo solicitado unos doscientos mil euros, y sin dejar de pagar ni una sola de las cuotas, llegaron a deber más de trescientos diez mil euros». Del mismo modo, esgrime que «la empleada del banco que declaró en el juicio, a pesar de manifestar que había informado a los clientes de todos los riesgos, demostró, a preguntas de la letrada Carmen Pita, carecer de los conocimientos necesarios». En consecuencia, el magistrado declara «abusivas» las cláusulas y obligará al banco a recalcular el préstamo como si se hubieras concedido desde el inicio en euros y como si se hubiera pagado también en euros.

La hipoteca multidivisa es una modalidad que se comercializó fundamentalmente en los años 2007 y 2008. Al respecto, Pita & Broncano asevera que «son muchos los afectados por este tipo de hipotecas que se están decidiendo a demandar al banco y la ventaja para el consumidor es que el plazo para demandar la nulidad no prescribe nunca».