En mi última crónica hacía referencia a los problemas que tenían ciertos sectores sociales, los más deprimidos, para conseguir leña para calentar sus hogares en esta época de fríos y escarcha o para poder cocinar los alimentos. Un inconveniente que se sustentaba en ciertos ordenamientos y en una férrea represión para los vecinos, que de manera furtiva, osaban desafiar las leyes y aventurarse a recolectar leña, con la que solucionar sus necesidades y las de sus familias. A pesar de ello, siempre hubo quien se echaba al monte a riesgo de pagar una fuerte multa por la osadía cometida.

Las multas y procesos por cortar leña de manera ilegal son comunes y numerosos a los largo del pasado histórico local. Los libros de Guardería Rural son una excelente fuente documental para conocer nombres y penas relativas a un delito que se cometía de manera habitual, al igual que el robo de aceitunas o de bellotas. Por ello sabemos que el 30 de junio de 1497, se solicita desde la corona, que se lleven a efecto todas las normas relativas al corte de leña en los montes del término de Cáceres, estableciendo una multa de 10.000 maravedís para aquellos regidores que quebrantaran lo ordenado al respecto. En 1514, se publica una Real Provisión que prohibía terminantemente sacar leña seca fuera de los montes y de las tierras del Alfoz cacereño. Estas y otras normas, no fueron obstáculo para aquellos que requerían de la leña y no tenían como pagarla.

El día 5 de diciembre de 1755 eran detenidos, por los «guardas juramentados de a caballo», los vecinos del Casar Agustín Cortés y Diego Moreno, bajo la acusación de cortar leña, de manera ilegal, en la dehesa de los Mogollones. Para los detenidos se pide el máximo castigo así como la pérdida de las carretas y los seis bueyes que tiraban de ellas. Otras veces sabemos la cantidad exacta que se pagaba de multa por el delito de cortar leña, es el caso de Francisco Doncel de Malpartida que sería detenido el 11 de diciembre de 1793 con dos cargas de leña, por las que le impusieron una multa de 2.000 maravedís más 32 reales por la leña que llevaba en las caballerías, su mayor delito era haber cortado dos encinas, una al pie y otra desmochada, por lo que la pena era mayor. Igual pena le es impuesta en días sucesivos a otros vecinos de Aldea del Cano, Arroyo del Puerco o Malpartida, todos ellos por contravenir la norma sobre corte de leña.

No siempre las detenciones de leñadores furtivos acabaron de manera pacífica. Existen casos donde la seguridad del guarda rural pasa por momentos críticos. El 26 de noviembre de 1798 son detenidos varios vecinos de La Puebla de Ovando cuando cogían leña y bellotas, de la dehesa Casa Corchada, una partida de unos veinte hombres que, al verse sorprendidos por el guarda, se negaron a entregarle lo recogido y la emprendieron a golpes con él, por lo que tuvo que refugiarse detrás de una encina. El guarda tuvo que ser atendido de diferentes heridas debido a pedradas y apaleamiento. Los vecinos serían detenidos y enviados a la Cárcel Real de Cáceres. Un caso que no es aislado en lo relativo a los conflictos generados por la prohibición de cortar leña sin autorización.