El Periódico Extremadura

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sentencia de la audiencia provincial de cáceres. el juicio se celebró en mayo de este año

Condenado a tres años de cárcel un constructor cacereño por estafa

Deberá pagar 182.000 euros a la que fuera su socia en una de las empresas. El secretario de los ayuntamientos de Garlitos y Risco también es condenado por falsear documentos

El constructor cacereño acusado de estafa responde a las preguntas del juez en la Audiencia Provincial en mayo. SILVIA SANCHEZ FERNANDEZ

La Audiencia Provincial de Cáceres ha condenado a tres años de prisión a un constructor cacereño por estafa y falsedad documental. Aparte de la pena de prisión, deberá pagar 182.000 euros en concepto de indemnización a la demandante, la que fuera su socia en la empresa Padilla y Zazo. De igual manera, en la sentencia, a la que ha tenido acceso este diario, el tribunal ha condenado a tres años de prisión al secretario de los ayuntamientos de Garlitos y Risco por falsear documentos y le inhabilita para ejercer el puesto durante dos años.

La Fiscalía Provincial pedía para ellos seis años de prisión. El juicio se celebró en mayo en la sala de jurado de la propia Audiencia Provincial y en una primera sesión contó con la comparecencia de los dos acusados y de testigos. El constructor, apoderado de Lerpa 2002 y socio hasta su divorcio con la que fuera su esposa de Padilla y Zazo, respondió a las preguntas tanto de la fiscal y acusación particular y de su defensa, ejercida por el abogado Emilio Cortés.

El ministerio público acusaba tanto al empresario como al secretario de los ayuntamientos de falsear facturas de obras que no llegaron a llevarse a cabo. En su intervención, el constructor acusado se declaró inocente y aseguró que los consistorios le adelantaban fondos para tener liquidez antes de adjudicarle las obras porque era "una forma habitual de proceder". 

Por su parte, el funcionario municipal también declaró no tener relación con los delitos que se le imputaban. Aseguró en relación a los documentos que firmó que constaban de una cláusula en la que los fondos se devolvían si no se realizaba la obra. En cuanto a la última firma de un documento, una relativa a 2016, declaró que había sido falsificada.

De esta forma, el tribunal considera probados en su sentencia los siguientes hechos. El acusado D. L. D. L. estuvo casado hasta el año 2016 con S. P., socia y administradora única de la mercantil de Padilla y Zazo. "Desde el año 2015 y sobre todo tras la separación de hecho del matrimonio, que se produjo a comienzos de 2016, en el mes de febrero, el acusado, al objeto de incrementar artificiosamente la valoración de Padilla y Zazo y amparándose en que tanto esta como la otra sociedad del matrimonio Lerpa 2002, realizaban, a veces de forma indistinta, diferentes obras adjudicadas por distintos ayuntamientos, y que la primera de las mercantiles tenía concertada con la entidad financiera Liberbank, una línea de descuento comercial o factoring, consiguió que se emitiesen a nombre de la mercantil Padilla y Zazo determinadas facturas que no correspondían a trabajos efectivamente contratados por dichos ayuntamientos y que por tanto, no iban a ejecutarse, o por importe superior al realmente ejecutado, presentándolas para su descuento en la entidad bancaria, que adelantó su cobro, ingresando el 90% de sus respectivos importes". Todo ello se produjo, recoge la sentencia, "sin el conocimiento ni consentimiento" de S. P.

El dictamen no es definitivo y se puede recurrir.

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