Tornavacas ha comenzado a aplicar una ordenanza para mejorar y garantizar la seguridad, salubridad y ornato en solares y terrenos, que recoge multas de hasta 3.000 euros para quien incumpla la orden de ejecución.

Se trata de una ordenanza de policía urbana y rural y de prevención de incendios y que afecta a cualquier terreno situado en el núcleo urbano o urbanizable del término municipal, aunque carezca de todos o algunos de los servicios urbanísticos imprescindibles.

De esta forma, los solares y terrenos sin edificar, patios, jardines y edificaciones, deberán permanecer limpios de cualquier residuo, objeto o circunstancia que suponga un riesgo para la salud, seguridad y ornato.

La norma también regula el tratamiento de la vegetación perimetral de parcelas en suelo urbano y establece que «los solares deberán estar permanentemente limpios, desprovistos de cualquier tipo de residuos, maleza o vegetación espontánea, sin ningún resto orgánico o mineral que pueda alimentar o albergar animales o plantas portadoras o transmisoras de enfermedades o producir malos olores».

Y un matiz muy importante que introduce la normativa es que si los terrenos y construcciones están gravados con los derechos de uso o usufructo, o cedidos en arrendamiento, dichas obligaciones recaerán sobre el usuario, usufructuario o arrendatario.

Además, los propietarios de solares deberán mantenerlos vallados, mientras no se practiquen obras de nueva construcción. Y la obligación de vallar puede extenderse a terrenos no solares y fincas rústicas, colindantes con el casco urbano.

«Los cerramientos o vallas en suelo no urbanizable de especial protección no podrán lesionar el valor específico que se quiera proteger». Y que ese vallado no bloquee la vista de los lugares de paisaje abierto y natural o en las perspectivas que ofrezcan los conjuntos urbanos de características histórico-artísticas.