ELECCIONES 28M

¿Qué pasa si te toca asistir a una mesa electoral? Horarios, dietas...

Si eres integrante, te interesará conocer estos datos. No puede constituirse una mesa sin la presencia de un un presidente y dos vocales

Mesa electoral.

Mesa electoral. / El Periódico

A pocos días de las elecciones de este domingo, ¿cómo es una jornada electoral en una mesa? Si eres integrante sabrás que a la mesa electoral le corresponde presidir el acto de la votación, controlar el desarrollo de la votación y realizar el recuento y el escrutinio. Está compuesta por un presidente o presidenta y dos vocales.

El nombramiento cada integrantes es competencia de cada ayuntamiento, y se eligen por el pleno municipal, mediante sorteo público utilizando cualquier procedimiento aleatorio o mecanismo al azar. No hay objeción para que el referido sorteo pueda realizarse ante la junta de gobierno local, en caso de que el pleno del ayuntamiento haya delegado en ella esa competencia, siempre que se lleve a cabo en una sesión pública.

Requisitos para formar parte de la mesa

  • Ser menor de 70 años
  • Saber leer y escribir

Este sorteo se realiza entre todas las personas que formen parte del censo que tengan menos de 70 años y sepan leer y escribir, si bien a partir de los sesenta y cinco años de edad se podrá manifestar la renuncia en el plazo de siete días. Quedarán excluidas aquellas personas que alcancen la mayoría de edad en el plazo comprendido entre la formación de las listas de votantes y la votación.

Perfil del presidente o presidenta y vocal

Deberán tener el título de Bachillerato o el de Formación Profesional de segundo grado o, subsidiariamente, el de la Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.

Se designarán dos suplentes por cada persona que forme parte de la mesa (dos por cada vocal, y otros dos suplentes para el presidente).

Dietas y retribuciones

Los miembros de las mesas electorales cobrarán una dieta de 70 euros.

Si alguna de las personas suplentes tiene que desempeñar la función por ausencia de la persona titular, tendrá derecho al permiso retribuido y a la reducción de jornada, así como a la dieta. No procederá la concesión de dichos derechos si dicha persona no llega a ocupar su puesto en la mesa.

Horarios

Todos los miembros deberán reunirse a las 8.00 horas en el lugar fijado para la votación.

Si el presidente/a no ha acudido, le sustituye su primer o primera suplente. En caso de fallar ese suplente también, le sustituye el segundo o segunda suplente, y si esta persona tampoco ha acudido, toma posesión como presidente el primer o primera vocal, o el segundo o segunda vocal, por este orden. De igual modo, los vocales que no han acudido o que toman posesión para presidir la mesa, son sustituidos por sus suplentes.

No puede constituirse la mesa sin la presencia de un un presidente y dos vocales. En caso de que no pueda constituirse la mesa, se extenderá una declaración de los hechos y se enviará por correo certificado a la Junta Electoral de la zona, a quien ya antes se habrá comunicado esta circunstancia.

La Junta, en ese caso, designará libremente a las personas que habrán de constituir la mesa, pudiendo incluso ordenar que forme parte de ella alguno de los electores o electoras que se encuentren presente en el local.

Si, pese a lo indicado, no pudiera constituirse la mesa una hora después de la legalmente establecida para el comienzo de la votación, se comunicará a la Junta Electoral de Zona, que convocará para una nueva votación en la mesa dentro de los dos días siguientes.

Constituida la mesa y levantada su acta de constitución, no procede dar posesión aquellas personas que formando parte de la mesa electoral se presenten tarde para el desempeño de sus funciones, y que han sido sustituidas por suplentes. Una vez constituida, los suplentes que no hayan tenido que integrarla quedan libres de cualquier obligación al respecto.

El presidente o presidenta es la autoridad en materia de orden público dentro del local electoral; tiene autoridad exclusiva para conservar el orden, asegurar la libertad de las personas votantes y mantener la observancia de la Ley.

A estos efectos las fuerzas de policía destinadas a proteger los locales electorales prestarán a la Presidencia de la Mesa, dentro y fuera de ellos, el auxilio que requiera.

Ni en los locales electorales ni en las inmediaciones de los mismos se podrá realizar propaganda electoral de ningún género. La presidencia tomará a este respecto las medidas que estime convenientes.

En directo

Resultados elecciones municipales 28M en Extremadura 2023

Recuerda que el 28 de mayo puedes consultar en El Periódico de Extremadura los resultados de las elecciones municipales y autonómicas en Extremadura 2023: