La Junta no tendrá que pagar por un parque eólico frustrado
El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha rechazado la demanda de una empresa que reclamaba a la Junta una indemnización de en torno a un millón de euros por frustrarse el parque eólico que promovía. En una sentencia, el juez desestima íntegramente el recurso contencioso-administrativo presentado por la sociedad para reclamar la responsabilidad patrimonial del Ejecutivo extremeño. El fallo, que condena a la empresa al pago de las costas, puede ser recurrido en casación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.
Los demandantes consideraban que la frustración del parque eólico, denominado Valle de Peraleda y cuyo proyecto se remonta al año 2008, se debió a la falta de un punto de evacuación, un hecho que imputaban a la Administración regional. Sin embargo, según el alto tribunal extremeño, es Red Eléctrica Española la entidad competente a la hora de otorgar el punto de conexión, que la promotora inicialmente planteó en la subestación de Don Benito y que después consiguió autorización para cambiar por la de Higuera de Vargas.
De hecho, precisa la sentencia, a pesar de no tener competencias, la Junta «hizo las gestiones necesarias para dar efectividad al punto de evacuación».
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