La Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha ratificado en un auto la medida sanitaria acordada en el Consejo de Gobierno de la Junta por el que se declara en el municipio pacense de Los Santos de Maimona el nivel de alerta sanitaria 3.

Derivado de dicha declaración, se establece la restricción de la entrada y salida del municipio desde las 00.00 horas del día 21 de mayo hasta las 24.00 horas del día 3 de junio, sin necesidad de implementar el resto de medidas aplicables a dicho nivel de alerta.

En la parte dispositiva la Sala acuerda, además, que la Junta deberá comunicar a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Extremadura cualquier hecho o incidencia que afecte sustancialmente a la ejecución de la medida ratificada o que determinen, en su caso, la procedencia de alzar las mismas.

 A este mismo órgano judicial deberá solicitar la ratificación de la prórroga de las medidas si fuera acordada por la Administración Sanitaria.

 El auto recoge que el cierre perimetral de Los Santos de Maimona “está justificado y es necesario y proporcionado para la consecución del fin que se pretende”, esto es, “la protección de la vida, la salud y la integridad física, al amparo de los artículos 15 y 43 de la Constitución Española, sin que quepa predicar una lesión de derechos fundamentales de tal entidad que deba entenderse desproporcionada o injustificada”.