El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 5 de Mérida ha archivado la causa abierta a 16 personas que fueron detenidas en una operación contra el menudeo de droga en la barriada de Juan Canet en julio de 2019. En un auto dictado el pasado 7 de febrero, el juez decreta el sobreseimiento provisional y archivo de la causa «al no resultar debidamente justificada la perpetración del delito» en las diligencias previas practicadas.

«Lo irónico es que las detenciones y registros se produjeron tras nueve meses de investigaciones de la Policía Nacional, que vendió a bombo y platillo esta operación como un gran éxito», destacan desde el despacho Cumbres Abogados, encargados de la defensa de 12 de los 16 investigados. Los hechos ocurrieron el 30 de julio de 2019: la policía desarrolló una operación contra el menudeo de droga en la barriada de Juan Canet que se saldó con 16 detenidos, 15 de ellos por tráfico de drogas y uno por atentado a agente de la autoridad. Además, otras dos personas que habían sido citadas por la policía acudieron a comisaría y también fueron arrestadas. Todos quedaron en libertad tras prestar declaración ante el juez.

Se llevaron a cabo cuatro registros domiciliarios y según la policía, se desmantelaron tres puntos de venta de drogas situados en un mismo edificio. En la operación se intervino también cocaína, hachís y marihuana, aunque no se desveló la cantidad; cuatro vehículos, billetes fraccionados y útiles para la distribución y venta de las sustancias estupefacientes. Numerosos agentes de la comisaría de Mérida participaron en la operación, que también contó con el apoyo de la Unidad de Prevención y Reacción (UPR) de Badajoz.

Ahora, en el escrito de la Fiscalía se detalla que «en ninguno de los cuatro registros se encontró cantidad alguna de droga más allá de pequeñas cantidades de marihuana, ni tampoco útiles ni instrumentos destinados a facilitar la venta de droga a terceros, tales como balanzas de precisión, trozos de papel o plástico para preparar las dosis individuales».

Por tanto, señala el fiscal, la única prueba «subsistente» contra estas personas eran las previas incautaciones de droga a los compradores. Pero estas solo se limitaron a indicar el domicilio donde se había producido la venta «sin aclarar la identidad concreta de las personas que efectuaron la misma», a lo que se añade que en los domicilios vivían varias personas y que en el momento del registro se encontraban también otras diferentes, «no dándose la mínima y necesaria individualización de conductas que es exigible en el ámbito del derecho penal».

Según el abogado Álvaro Cumbres, la droga que hallaron los agentes era para consumo propio.