La Audiencia Provincial de Cáceres condena a un hombre a dos años y ocho meses de prisión por vender marihuana a través del sistema de televenta. El presidente de la sala de la audiencia desestima el recurso del condenado y confirma de este modo la sentencia que dictó el Juzgado de lo Penal número 1 el 28 de marzo de este año que le considera responsable de un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que no causan grave daño a la salud. Da la circunstancia que el condenado es toxicómano, por lo que el juez aplica un atenuante por esta cuestión, no obstante le condena también por haber suministrado marihuana a una menor de edad. Sobre este fallo dictado el 5 de junio de 2018 no cabe recurso.

Según reza el dictamen al que ha tenido acceso este diario, el condenado, mayor de edad y con antecedentes penales no computables, se dedicaba durante los meses de diciembre de 2016 a marzo de 2017 con carácter habitual a la venta de marihuana a través del sistema de televenta, es decir, que contactaba con los compradores a través de su teléfono móvil. La sentencia recoge que el acusado y los compradores mediante conversación telefónica y la aplicación de mensajería instantánea Whatsapp convenían la cantidad de la sustancia y más tarde el ahora ya condenado se desplazaba al lugar acordado previamente para la entrega.