El Juzgado de lo Penal Número 1 de Cáceres ha condenado a dos personas a una pena de un año y un día de prisión por abandonar y dejar morir cuatro vacas, además de «abandonar a su suerte» al resto de reses que había en una finca situada en el término municipal de Logrosán (Cáceres). Según recoge la sentencia, los dos condenados eran responsables de las vacas encerradas en dicha finca y a pesar de conocer las necesidades de esos animales domésticos dejaron morir a cuatro reses por falta de alimentación y de la dispensa de los cuidados necesarios para su supervivencia.

Además, «abandonaron a su suerte» al resto de los bovinos sin acceso a la comida desde el verano de 2017 hasta que judicialmente hubo de intervenir a través del Ayuntamiento de Logrosán ante el inminente riesgo de que siguiesen muriendo uno a uno por esa ausencia de atención. Este hecho suponía igualmente un peligro para la salud pública, puesto que el abandono de los cadáveres y la contaminación de las aguas de las fincas por la putrefacción de los restos de los que iban muriendo en el agua y que no eran retirados por los inculpados. Los gastos ocasionados por el abandono de los astados y, en concreto, para asegurar su salud y conjurar el peligro existente para la salud pública, ascendieron a 44.499,81 euros.

Además, el propietario de la finca en que los acusados abandonaron a los animales tuvo que hacer frente a su alimentación poniendo a disposición de ellos sus propios pastos, sin haber podido percibir ni la renta correspondiente a esos pastos, ni aprovecharlos económicamente, lo que le reportó unos gastos de 14.073,40 euros. Los acusados y los perjudicados alcanzaron con carácter previo al juicio un acuerdo indemnizatorio, por el que el dueño de la finca recibió 10.976,72 euros y 34.707,49 euros al Ayuntamiento de Logrosán.

La sentencia les inhabilita para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales por tiempo de tres años. También le condena a seis meses de multa, con una cuota diaria de seis euros. La sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cáceres.