La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha confirmado la denegación de un permiso de residencia en Cáceres a una mujer marroquí por carecer de empleo o de medios económicos suficientes para valerse por sí misma como exige la Ley de Extranjería, según una sentencia hecha pública ayer.

El fallo judicial confirma que la denegación del permiso, primero por la Subdelegación del Gobierno y después por el tribunal de primera instancia, está "ajustada a derecho" porque la mujer no puede acreditar medios de vida estables, ya que carece de empleo.

Ella solicitó un permiso temporal acogiéndose a la reagrupación familiar, ya que su marido sí tiene la residencia permanente en España. Sin embargo, él tampoco ha podido acreditar un trabajo por más de tres meses en dos años ni ingresos económicos, por lo que tampoco él podría hacerse cargo de las necesidades de su mujer. La sentencia desestima el recurso presentado por la afectada contra la sentencia del Tribunal de lo Contencioso-Administrativo.