El caso de mobbing que desde diferentes instancias se ha venido afirmando existía en la Dirección General de Protección Civil, Interior y Espectáculos Públicos de la Dirección Territorial en Cáceres de la Consejería de Presidencia, parece descartado. Desde hace tiempo lo vienen negando los cinco trabajadores a los que la funcionaria afectada acusaba de acoso laboral, también los informes internos de la Administración, y ahora se hace ver en una sentencia judicial.

Aunque dicha sentencia, del Juzgado de lo Contencioso Administrativo 1 de Cáceres, se refiere a otro asunto de carácter laboral --recurso presentado por la funcionaria M. P. M. P. contra la Consejería de Presidencia por cambio de puesto de trabajo y que la primera ha perdido--, en la misma se recoge un informe pericial respecto al estado psicológico de dicha funcionaria.

En el mismo, la psicóloga designada perito por el expediente administrativo señala: "Tras mantener entrevistas, tanto con la recurrente como con sus compañeros de trabajo" indica que "si bien existen síntomas y criterios clínicos que suelen aparecer en casos de acoso laboral, no se puede contrastar en éste la existencia de conductas de acoso".

Con todo ello, los trabajadores afectados por la acusación de su compañera, que prefieren no hacer pública su identidad "para evitar conflictos", manifestaron ayer a EL PERIODICO su satisfacción. "Aunque nada puede compensar los más de dos años que llevamos aguantando injustas acusaciones de acoso", indicaron, "es importante que nuestra palabra haya resultado avalada tanto por el exhaustivo expediente administrativo tramitado por la Junta sobre la acusación planteada, como por el peritaje independiente de una psicóloga designada por el Colegio Oficial de Psicólogos de Extremadura y el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Cáceres".

Ahora, aseguraron, ya sólo esperan dar por concluida y poder olvidar esta "desagradable experiencia" y que públicamente se reconozca "la dignidad y honradez que nos han querido quitar con estas falsas acusaciones".

FALLO En cuanto al proceso judicial antes citado, señalar que se inició a raíz de que la funcionaria M. P. M. P. solicitó, alegando "una situación de acoso laboral", la adscripción a otro puesto de trabajo dentro de la Junta de Extremadura y en Cáceres, con carácter definitivo, de igual naturaleza al que ocupaba y con igual nivel de complementos de destino y específico.

Esta petición fue desestimada, aunque se acordó un cambio de lugar de trabajo. Este acuerdo no fue aceptado por la funcionaria, que recurrió, pero el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha desestimado su recurso.