La presidenta de la diputación provincial de Cáceres, Rosario Cordero, ha resuelto dejar sin efecto la resolución presidencial de 19 de diciembre de 2019, que establecía medidas de control del cumplimiento del descanso de 30 minutos de los empleados públicos dentro de la franja horaria. Ya no tendrán que fichar cada vez que salgan a fumar o a tomar café. El tiempo máximo que tienen es de 30 minutos y se controlaba de esta manera este periodo de media hora.

Según el texto, emitido este jueves y recogido por la agencia Efe, la anterior resolución de diciembre «puede entrar en contradicción con lo dispuesto en el acuerdo/convenio» que regula las relaciones entre los funcionarios y el personal laboral de la Diputación de Cáceres y la corporación provincial.

Ese acuerdo/convenio dispone que «los trabajadores tendrán derecho a disfrutar un descanso de treinta minutos durante la jornada diaria, que deberá efectuarse bajo el control de los responsables de las unidades, los cuales serán responsables de garantizar la cobertura de los servicios durante el tiempo empleado para el mismo».

NUEVA RESOLUCIÓN / La resolución emitida ayer también recoge que el artículo 37.1 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas establece que las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo establecido en una disposición de carácter general, «aunque procedan de un órgano de igual o superior jerarquía al que dictó la disposición general».

Por este motivo, la presidencia de la diputación provincial de Cáceres ha decidido dejar sin efecto el conteo del cumplimiento del descanso de los treinta minutos y dar cuenta de esta resolución a la Mesa General de Negociación de Empleados Públicos en la siguiente reunión que celebre este organismo.

Asimismo, la resolución comunicada ayer a los empleados públicos y los representantes sindicales de los trabajadores de la diputación, junta de personal y comité de empresa indica que «este acto es definitivo en vía administrativa y frente al mismo cabe interponer por el personal laboral, en el plazo de dos meses a partir de la recepción de su comunicación, demanda ante el juzgado o la Sala de lo Social competente». Los funcionarios que no estén de acuerdo con esta decisión podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de la ciudad de Cáceres.