Una mujer tendrá que ser indemnizada por los daños causados al sufrir una caída cuando viajaba como ocupante de un autobús urbano. Así lo resuelve la sección primera de la Audiencia Provincial de Cáceres, que ha estimado su demanda y condenado a la aseguradora de la empresa, Seguros Mercurio, a abonarle 1.202 euros de indemnización por los daños y perjuicios.

El suceso tuvo lugar el 15 de junio del 2004. Según estima probado el tribunal, la mujer viajaba sentada en el autobús urbano número 47 cuando, sobre las 15.20 horas y cuando éste se encontraba próximo a la intersección de la avenida de la Montaña y la avenida de España, "una maniobra antirreglamentaria efectuada por el conductor de otro vehículo que no respetó la señal de ceda el paso obligó al conductor del autobús urbano a efectuar una maniobra evasivas frenando y girando a la derecha para no impactar contra el mismo, lo que motivó que la mujer fuera impulsada hacia adelante con posterior retroceso, a consecuencia de lo cual sufrió un esguince cervical".

La afectada, que tardó en curar 64 días, de los que 45 estuvo incapacitada, y le ha quedado como secuela una cervicalgia residual, demandó por ello tanto a Autobuses Urbanos del Sur como a Seguros Mercurio. Pero en una primera instancia, el Juzgado número 3 absolvió a los demandados, lo que llevó a la demandante a recurrir esta sentencia ante la Audiencia Provincial, que ha estimado su recurso.

Señala, al respecto, que si bien no existe responsabilidad en la acción del conductor del autobús, que el caso "no tiene cabida en la Ley de Uso y Circulación de Vehículos a Motor, el hecho sí tiene cobertura en aplicación del Reglamento de Seguro Obligatorio de Viajeros", y se la he de indemnizar por ésrte.