Un juzgado de Cáceres ha condenado a dos empresas a pagar 35.000 euros, en concepto de indemnización, a una trabajadora que fue despedida por estar embarazada, a la que ahora deberán reintegrarla a su puesto de trabajo.

En una sentencia, el Juzgado de lo Social 1 de Cáceres declara nulo el despido por vulneración de derechos fundamentales y condena, además, solidariamente a los dos mercantiles a abonar los salarios dejados de percibir desde el despido y que sean compatibles con su situación laboral.

A este último respecto, el fallo se hace eco de que la empleada, a pesar de desempeñar labores de dependienta y atención al público para una empresa dedicada a la venta de telefonía móvil, en Cáceres, tenía un contrato de auxiliar de dependiente.

"La actora -la demandante- es despedida por estar embarazada. Es la única razón que el empleador tiene en cuenta para adoptar su decisión", recoge textualmente el fallo del Juzgado

En esta misma línea, sostiene que estamos "ante uno de los casos más graves que se pueden contemplar, pues el despido de una mujer embarazada por el solo hecho de su embarazo, menoscaba gravísimamente el derecho de la gestante, perjudica al nasciturus y obviamente, lesiona a la sociedad y al propio Estado".

Además, la empresa adujo pérdidas económicas, pero el informe del perito sostiene que tuvo beneficios.

La sentencia, contra la cabe un recurso de suplica ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, también recoge que se dé traslado a las Inspecciones de Hacienda y Trabajo y Seguridad Social "para que depuren las responsabilidades en las que pudieran haber incurrido los condenados".

Según el fallo, la empleada "nunca ha trabajado como auxiliar de dependienta, sino como dependienta", pues hacía "los mismos trabajos que sus compañeros de superior categoría y salario y menor antigüedad y preparación, hasta tal punto, que ella misma era la formadora".

La empleada "ha visto menoscabados sus derechos económicos" al cobrar menos de lo que le tocaba mediante una "zangamanga" o treta "de endosarle una categoría profesional inferior a la que le correspondía mientras su empresa que la despide por pérdidas ficticias ganó en 2018 más de 27.000 euros", refleja el auto.