El juez Jesús Luis Ramírez vuelve a acordar la anulación de las decisiones del ayuntamiento por las que se adjudicó a Acciona el contrato para la gestión del abastecimiento y la depuración del agua hasta el 2035. Es la segunda sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Uno contra las resoluciones del ayuntamiento. En la primera, del 24 de mayo, aceptó el recurso presentado por Aguas de Cáceres. En la segunda, del 3 de junio, estima el recurso de Canal de Isabel II. Puede que no sea la última, dado que a este concurso se presentó otra empresa, Aqualia, que no resultó adjudicataria.

Ninguna de las dos sentencias es firme. El ayuntamiento y Acciona anunciaron recursos cuando se conoció la primera. El del ayuntamiento aún no se ha presentado, "se está en plazo", recordó ayer su portavoz, Valentín Pacheco, tras la celebración de la junta local de gobierno.

El juez vuelve a ordenar en la segunda sentencia que el proceso de adjudicación del concurso retroceda justo al momento anterior en el que se decidió restar puntos a las ofertas técnicas de las tres empresas que al final no resultaron adjudicatarias. La decisión que tomó la mesa de Contratación de no puntuar apartados de la oferta técnica de estas tres empresas fue decisivo para que Acciona ganase el concurso.

La razón fue que no habían presentado los costes asociados al proyecto de organización y al método de gestión del servicio, una exigencia del pliego que la mesa, en base a los informes de los servicios económicos y jurídicos del ayuntamiento, consideró necesaria para puntuar la oferta técnica y por tanto no se les valoró esos dos apartados, que daban hasta 32 puntos de los 100 que como máximo se podían obtener de los siete apartados que se puntuaban. La mesa estimó que la inclusión en la oferta técnica de cuánto costaba la organización y la gestión era un elemento necesario para poder comparar las ofertas.

El juez no comparte la interpretación que hizo la mesa. Primero porque opina que la no inclusión de los costes del proyecto de organización y del método de gestión no impiden valorar la oferta técnica --"la bondad técnica de las propuestas resultaba de sus características y no de su coste", asegura-- y además porque se pudo efectuar una primera valoración de las ofertas de las cuatro empresas presentadas sin tener en cuenta dichos costes.

La segunda razón es que considera que no se tuvo que dejar sin puntuar los apartados de la organización del servicio y del método de gestión por no presentarse los costes de los mismos, si acaso sí podía dar lugar a una mayor o menor puntuación, pero no a dejar a cero estos dos apartados de la oferta técnica (Aguas de Cáceres y Aqualia no tuvieron puntos en estos dos apartados, a Canal de Isabel II solo se le valoró alguno de los criterios y a Acciona todos porque incorporó en su oferta la referencia a los costes).

"Para algún concreto apartado de los criterios para los que se exigía la especificación de su coste su aportación pudiera servir para otorgar una mayor puntuación o, en su caso, menor por no haber sido aportados", según precisa el juez en su sentencia.

LO QUE QUEDA El contrato está en vigor desde enero de 2012, quedan 22 años y medio para que se cumpla. En su primer año movió más de doce millones de euros entre los gastos, las inversiones y las amortizaciones (son más de 300 millones en los 24 años de la concesión). Ahora será el Tribunal Superior de Justicia el que decida si confirma las consideraciones del juzgado y si hay que hacer una nueva valoración de las ofertas técnicas, en la que la no inclusión de los costes no impediría puntuar las ofertas, aunque sí podría provocar que la puntuación fuese menor. Si con la nueva valoración hay que adjudicar a otra empresa, el ayuntamiento se podría enfrentar al pago de indemnizaciones, que serían millonarias si se aceptase una reclamación de Acciona por el lucro cesante que dejaría de percibir, ya que es un contrato de 24 años del que no se llevan ni dos.