Mari Angeles Iglesias es la madre de los tres hijos que tiene en común con Laureano de la Montaña, a raíz de la noticia publicada por El Periódico Extremadura en el que este solicitaba el indulto para no ir a prisión, se pone en contacto con la Asociación Nosotras Extremadura buscando asesoramiento y poder demostrar la verdad de esta historia. Mari Angeles asegura que Laureano no ha pagado la deuda, que en la actualidad asciende a casi 9.000 euros y sólo ha recibido algunos ingresos de pequeñas cantidades que han ido ingresándole desde el juzgado bajo una orden de embargo. El cobro recibido está a disposición de quien los solicite. "Laureano no ha pagado jamás ninguna cuota de la pensión alimenticia al corriente". Laureano ha tenido ingresos durante todo este tiempo, desde el divorcio hasta la actualidad, excepto en una ocasión que le declararan insolvente, el resto, según el juez hay una clara intencionalidad de no realizar los pagos de manutención de las menores.

Tras el divorcio Mari Angeles cobra una pensión de 489 euros. Con esta cantidad y gracias a la ayuda de la familia materna logra hacer frente a las deudas contraídas en el matrimonio y a la totalidad de los gastos de las menores sin ninguna ayuda por parte del padre de sus hijos. "No pido nada que no sea lo que pertenece a mis hijos, es muy duro saber que el Laureano tiene solvencia económica y abandona sus responsabilidades como padre".

Recordemos que el juzgado reclama a Laureano el pago de la manutención alimenticia hasta en dos ocasiones desobedeciendo en ambas. Tal y como nos dice el código penal en el artículo 227, la desobediencia forma parte de este delito, además del abandono familiar.

Mari Angeles asegura que Laureano no se ha hecho cargo ni económica ni afectivamente de las necesidades de los hijos en común, en el caso de las dos pequeñas de siete años han visto cuatro ocasiones a su padre pese a no poner impedimento en ningún momento e incluso mediando para el encuentro entre ambas partes sin resultado positivo.

Nosotras Extremadura queremos decir que en ningún momento estamos expresarnos ningún juicio moral respecto al indulto solicitado, pero nuestra postura es proteger a los menores bajo el marco del artículo que regula este derecho, art 227 del código penal que dice que "el que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor del cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de afiliación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos, será castigado a una pena de prisión de 3 meses a un año o multa de seis a 24 meses". Añade que "con la misma pena será castigado el que dejare de pagar cualquier otra prestación económica establecida de forma conjunta única en los supuestos previstos en el apartado anterior" y que "la reparación del daño procedente del delito comportará siempre el pago de las cuantías adecuadas".