El Juzgado de lo Penal número 2 de Cáceres ha condenado a una varón a una pena de 21 meses de prisión por un delito de maltrato físico y psicológico habitual a su pareja, además de prohibirle acercarse a la víctima en un radio no inferior a 200 metros durante cinco años. La sentencia considera hechos probados que el acusado, de un modo frecuente y reiterado, ha proferido a su pareja expresiones humillantes y vejatorias, además de otras que provocaban «evidente temor» en la víctima. Debe cumplir además 127 días de trabajos a la comunidad por dos delitos de lesiones leves, otro de amenazas y otro delito continuado de vejaciones.