El Tribunal Supremo obliga a separar las terrazas de las fachadas para que las personas ciegas puedan orientarse. Lo hace en una sentencia en la que obliga al Ayuntamiento de Elche (Alicante) a modificar la ordenanza que regula estas instalaciones, pero que al ser dictada por el Alto Tribunal, afecta a todos los municipios españoles.

En el caso de Cáceres, la ordenanza de terrazas ya obliga a que las mismas se instalen alejadas de las fachadas, concretamente a una distancia no menor de 1,80 metros. En cambio, los afectados aseguran que no se cumple. «El problema es que por terraza no solo se entiende la mesa con sus cuatro sillas, sino también las mesas altas con los taburetes que muchos establecimientos ponen en su fachada. No se cumple la ordenanza pero es que tampoco se hace nada para obligar a que se cumpla», indica el cacereño Juan Carlos Caso, que tiene una discapacidad visual. Dice que existe este problema en muchas zonas de Cáceres, como la plaza Mayor, Gran Vía, General Ezponda, San Juan, San Pedro,... Ninguna de estas calles, a su juicio, cuenta con un «itinerario accesible», tal y como obliga la ley.

«Ninguna duda debe ofrecer que la ocupación del espacio inmediato a esa línea de fachada o de la correspondiente a ese elemento horizontal, supone un obstáculo para quien siendo invidente no puede tomar como referencia la línea de fachada o elemento horizontal y, en definitiva, una limitación de su derecho de movilidad por los espacios públicos cuales son las aceras», señala el Tribunal Supremo.

Esta justificación puede también extenderse a los carteles publicitarios ubicados en las puertas de los negocios, que también dificultan el paso de estas personas.