El Tribunal Supremo ha reabierto el caso de los dos policías de la sección de Extranjería de la Comisaría de Cáceres acusados de cobrar dinero a mujeres inmigrantes ilegales que ejercían la prostitución en la provincia.

Hace un año, tras un juicio que se prolongó durante siete días, la Audiencia Provincial les absolvió de los delitos continuado de cohecho para comisión de delito, continuado de falsedad en documento oficial cometido por funcionario público, favorecimiento de la inmigración ilegal y de aprovechamiento de información por particular, de los que venían siendo acusados por el Ministerio Fiscal, y por los que éste pedía 15 años de prisión para cada uno.

La Audiencia estimó que no había prueba alguna contra ellos; pero el fiscal recurrió ante el Supremo, al considerar que algunas pruebas válidas, obtenidas a través de escuchas telefónicas, no se habían tenido en cuenta.

Ahora, la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que anula la dictada por la Audiencia y que obliga a este tribunal a emitir una nueva sentencia, valorándose en esta ocasión las intervenciones telefónicas llevadas a cabo durante los nueve meses en que Francisco Silgado Díaz y Eloy Sánchez Ramos fueron investigados, así como las pruebas conseguidas a través de ellas.

EN DESACUERDO La sentencia del Supremo considera que las escuchas telefónicas están dentro de la legalidad y que no vulneraron derechos fundamentales, pero los abogados de los agentes estiman que dicha sentencia "no se ajusta a derecho al seguir entendiendo, dicho sea con todo respeto, que sí existió vulneración del derecho fundamental al secreto de las comunicaciones, falta de control judicial y, por tanto, vulneraciones tanto procesales como de orden constitucional", indicó ayer a EL PERIODICO Angel Luis Aparicio.

Hacen constar que "las normas infringidas quedaron perfectamente demostradas en el juicio", así como que la Audiencia Provincial "entró en el fondo del asunto y valoró las pruebas que ahora dice el Tribunal Supremo que son legales". Por ello, prevén que la nueva sentencia será también absolutoria.

No obstante, Aparicio adelantó a este diario que interpondrán un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, para que éste valore la legalidad o no de las escuchas telefónicas. "De prosperar éste puede suponer que todo el trámite procesal que ahora debe iniciar de nuevo la Audiencia quede inocuo".