La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha declarado la invalidez del artículo de la ordenanza municipal que establece las cantidades a pagar por el enganche a la red de agua, que es de 102 euros para contadores individuales y de 210 por usuario en contadores colectivos.

La Sala da la razón a una usuaria que abonó 210 euros y que interpuso un recurso por entender que no existía una razón objetiva que justificase el cobro de cantidades diferentes en función del tipo de contador. El tribunal también falla contra la liquidación practicada a la comunidad de propietarios donde reside la demandante.