TEtl 58% de los edificios del parque inmobiliario español se ejecutó cuando no existía una normativa específica que exigiera un aislamiento correcto, con 13 puntos menos que la media europea, situada en el 41,7%, de participación de la rehabilitación respecto al total del sector de la construcción. Estos edificios no gozan de las condiciones mínimas de aislamiento, ni de confort, accesibilidad, seguridad u ornato público. Tales circunstancias han obligado a los Estados a priorizar la rehabilitación frente a la obra nueva, mediante leyes y planes que, en el caso español sustituiría al anterior plan de la vivienda con consecuencias nefastas para los actuales perceptores de ayudas.

El objetivo marcado por la UE de reducir un 20% de emisiones de CO2, aumentar en un 20% la incorporación de energía renovable y mejorar un 20% la eficiencia energética antes del 2020 hace que los programas de subvención prioritaria sean los que afectan a la disminución de la demanda energética de los edificios. Para favorecer estas actuaciones, la ley regula el deber de conservación y modifica el régimen de mayorías en las comunidades para que no puedan oponerse a actuaciones derivadas de la falta de seguridad, accesibilidad o eficiencia energética. Y, en este contexto, considera obligatorio el informe de evaluación del edificio para los construidos antes de los 50 últimos años.

Así, el plan estatal establece ayudas de hasta el 35% del coste y 11.000 euros por vivienda a la rehabilitación de edificios anteriores a 1981, con uso mayoritario de residencia habitual. Mientras el gobierno apoya por un lado, entorpece por otro al intentar gravar el uso de energía renovable y establecer para éstas subvenciones restricciones presupuestarias, cuando de cada 100 euros de ayuda pública revierten, vía impuestos, 111 euros al Estado.