Alberto Contador ha solicitado al comité de competición de la Federación Española de Ciclismo que lo absuelva de su supuesto dopaje en el Tour. Y lo ha hecho presentado un escrito de 33 folios basándose en los artículos redactados a tal efecto en los reglamentos oficiales del código de la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y de la Unión Ciclista Internacional (UCI). Sus abogados presentaron ayer las alegaciones contrarias a la propuesta de un año de sanción.

El comité de competición debe estudiar ahora la propuesta de Contador con lo que el veredicto final, que se esperaba esta misma semana, podría retrasarse algunos días más. El ciclista, que se muestra muy optimista y confiado en que se atiendan las nuevas formalidades, argumenta que no aceptará ningún tipo de sanción, ya que considera que no se dopó voluntariamente y que admitir un mínimo castigo supone aceptar la infracción del dopaje con clembuterol.

Las alegaciones de Contador se contemplan en los artículos 10.5.1 del Código Mundial Antidopaje de la AMA y el 296 de la UCI. Ambos coinciden al afirmar que "si un deportista establece en un caso individual que no tiene ninguna culpa ni ha sido negligente, el periodo de sanción será eliminado".

En la propuesta de castigo se indica que la cantidad de clembuterol hallada en el control de orina del 21 de julio del 2010 fue tan mínima (50 picogramos) que la misma "no incrementaba el rendimiento deportivo".

Sin embargo, el 25 de enero se le propuso un año de inactividad basándose en el hecho de que "no había la certeza absoluta de que el clembuterol provenga de la carne como tampoco de que el origen no estuviera en la alimentación". A la vez, entonces, se aceptó que el fundamento del clembuterol no resultaba ni de una transfusión sanguínea, ni de una microdosis del anabolizante, ni de la toma de un medicamento. El comité, por lo tanto, aplicó el atenuante por la "incertidumbre" y rebajó en un año la sanción habitual de dos.