La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Badajoz ha desestimado el recurso presentado y confirma la sentencia en que se condena a Dionisio Blanco a una falta de amenazas y otra de injurias, además de una multa de 240 euros, dirigidas al alcalde Pedro Acedo, su hermano Angel Acedo y la mujer de éste Elisa De Tena.

Según la sentencia, se considera probado que el 31 de diciembre del 2004, sobre las 16.30 horas, el abogado Angel Acedo y su mujer, en compañía de un grupo de amigos y familiares, se encontraba celebrando la Nochevieja en un quiosco de la plaza de España.

En ese momento llegó Dionisio Blanco, se colocó a cinco metros del grupo y empezó a hablar por teléfono diciendo "aquí está el grupo, el hermano del alcalde y el cabrón del alcalde".

También señala la sentencia que Elisa de Tena pidió a Dionisio Blanco que les dejara en paz a lo que le contestó que: "estás acabada, tengo que matar a tu marido, os tengo que echar de Mérida".

No se considera probado que el alcalde escupiera a Blanco y le insultara.