El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) ha condenado al Ayuntamiento de Fuentes de León a pagar 25.787 euros a unos vecinos por daños en su vivienda, que se produjeron al demoler un edificio municipal colindante.

Según la sentencia, "queda probado que el ayuntamiento no adoptó las medidas de precaución necesarias para que la demolición del edificio colindante con la vivienda de los actores no provocara daños en su propiedad". El TSJEx toma como argumento el dictamen pericial, que describe "las abundantes grietas tanto en el patio trasero como en el interior de la vivienda", y que concluye que "los daños se han producido debido a la demolición del edificio municipal".

A este respecto, el informe del que se han valido los jueces, determina que por todo ello dejó de existir el sistema de compensación de fuerzas que el muro medianero otorgaba, "a lo que se ha sumado la acción de los elementos atmosféricos al haberse dejado el muro sin protección".

La cuantía de la condena se basa también en el valor del patrimonio dañado. El perito detalla también la necesidad de "demoler el solado en planta baja y azotea" para poder sanear los daños referidos a revestimiento, acabados y seguridad.