El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz ha dictado un sentencia que obliga al Ayuntamiento de Olivenza a suspender la actividad del tanatorio municipal de esa localidad, por considerar que es un «acto de competencia desleal». Así consta en el fallo judicial, que estima «totalmente» la demanda interpuesta por Funevel Extremadura, que gestiona un velatorio privado que se encuentra junto al cementerio, desde 2015, con una inversión de 1,2 millones, según fuentes de la propia empresa, que expresó su satisfacción por el fallo. El ayuntamiento abrió el tanatorio en abril de 2018, tras adaptar un espacio dentro del cementerio.

La sentencia, del 4 de octubre de 2019, se puede recurrir. El alcalde, Manuel González, afirmó que el ayuntamiento solicitará una ampliación de la sentencia «porque hay cuestiones a la que no nos da respuesta»; y el abogado Esteban Torres, que estudiará recurrirla, pues «el ayuntamiento ofrece un servicio público con precios que se rigen por una ordenanza municipal; no estamos en el mercado ni somos competencia», dijo.

Funevel presentó su demanda el 12 de septiembre de 2018. La jueza recoge en sus fundamentos que «en ningún caso la actividad de servicios funerarios se puede prestar por una empresa pública municipal o de supremacía en el sector.../... cobrando una tasa pública con la que difícilmente puede competir el sector privado, y exonerando del pago a quienes carezcan de seguro».

Estima que el tanatorio municipal «vulnera las normas de competencia y por ello resulta procedente ordenar el cese de la misma». Y añade, en cuanto «a la venta con pérdida y el cobro de una tasa por el ayuntamiento», que «excede del ámbito mercantil y debería ser impugnado, en su caso, ante la jurisdicción Contencioso Administrativa, habida cuenta de que la tasa que cobra los servicios de tanatorio viene establecida en una ordenanza anterior al Real decreto Legislativo que liberaliza el sector».