El Juzgado de Primera Instancia número 6 de Badajoz ha emitido una sentencia, con fecha de 18 de febrero de 2016, que estima la demanda de Ausbanc en nombre de una pareja de La Codosera y declara nula la cláusula suelo del 3% incluida en el préstamo con garantía hipotecaria, por lo que pagarán ahora el euribor más un 1%. Los afectados recuperan además las cantidades indebidamente pagadas desde 9 de mayo de 2013.

En sus fundamentos de derecho, el juzgado se basa en los criterios de incorporación y transparencia que analizó el Tribunal Supremo, y concluye que si bien la redacción de la cláusula es gramaticalmente clara, tanto su lectura como la ubicación de la misma en el contrato "no permite conocer que, a pesar de que es un préstamo hipotecario a interés variable, en realidad se trata de un interés fijo, variable únicamente al alza", señala Ausbanc.

La jueza parte del concepto de transparencia sentado por la Directiva 93/13 de la Unión Europea, la jurisprudencia comunitaria y la reciente del Tribunal Supremo, que establece que la transparencia no sólo ha de tener un sentido gramatical y formal, sino que ha de entenderse de manera que permita al consumidor prever, sobre criterios precisos y claros, cómo funciona el contrato y las consecuencias económicas del mismo, y que se trata de "una cláusula larga, compleja, desordenada y que al incluir un techo del 12%, confunde al consumidor", indica.