Con "tranquilidad y serenidad ante lo que podía suceder". Así ha recibido Juan Manuel Fernández Montoya, Farruquito, según su abogado, la condena a tres años de cárcel por el atropello mortal de un peatón ocurrido en septiembre del 2003 y la posterior huida sin auxiliar a la víctima. La sentencia en firme de la Audiencia de Sevilla, ante la que solo cabe recurso en el Constitucional, será ejecutada en el plazo de entre dos y cinco meses, por lo que deberá ingresar en prisión, como muy tarde, a comienzos del próximo año.

El fallo en segunda instancia de la sección séptima aumenta los 16 meses de prisión impuestos por un juzgado de lo penal en el 2005, una condena que, por su cuantía, le evitaba la cárcel. El juez ha desestimado la petición de absolución de la defensa, que consideraba el caso una falta por exceso de velocidad.

Así, condena a Farruquito a dos años de cárcel por homicidio imprudente, "en concurso con un delito contra la seguridad en el tráfico", al considerar probado que el bailaor no tenía carnet de conducir ni seguro obligatorio y circulaba al doble de la velocidad permitida "y estando cansado para comprobar las prestaciones del vehículo por diversas vías públicas de Sevilla".

El artista reconoció en el juicio "no haberse dado cuenta de la limitación de la velocidad ni de la existencia del paso", por lo que la sala considera que conducía "de una manera temeraria que fue, sin duda, la causa exclusiva de que atropellara y causara la muerte del peatón".

ESCUCHAS INVALIDADAS Asimismo, le impone otro año de prisión por omisión del deber de socorro y estima como cierta "una conducta gravemente insolidaria", dado que no se paró tras atropellar a Benjamín Olalla ni comprobó que estuviera siendo "debidamente atendido". Al igual que hiciera la primera sentencia, la sala ha invalidado las escuchas telefónicas que, relacionadas con un asunto de drogas, derivaron en la detención de Farruquito. Por tanto, se considera que el caso se descubrió con la confesión de éste tras ser detenido y se señala dicha confesión como atenuante.

En ese sentido, el tribunal establece la retirada del permiso de conducir --que el artista se sacó durante el juicio-- durante tres años y medio, y mantiene las indemnizaciones ya previstas de 102.000 euros para la viuda y 16.000 euros para los padres del fallecido, desestimando los pagos a la viuda por "duelo patológico". Como medida añadida, fija dos multas de 100 euros diarios cada una durante 12 meses por la omisión del deber de socorro y por un delito de simulación de delito, el máximo tiempo que prevé la ley.

El bailaor ha sido absuelto finalmente de un delito de denuncia falsa contra su hermano menor, Antonio, que se autoinculpó del atropello y no fue incriminado directamente por el artista. El fallo apunta que asumió la culpa "persuadido por su hermano Juan Manuel, y muy influido por el gran ascendente que éste tenía sobre él", ya que además era su jefe.

Respecto al resto de imputados, la sala absuelve a los expolicías Bernardino R.M. y José Miguel A.H., de un delito de encubrimiento al no considerarse válidas las escuchas. También Jorge Rubio y Antonio Fernández, este último tío de Farruquito, han quedado absueltos. El primero iba con él la noche del suceso. Sin embargo, condena a un año por encubrimiento a Oscar Benavente, amigo del artista. El fallo señala que Benavente --en prisión como testaferro de la trama de corrupción de Marbella-- ayudó a ocultar y reparar en Málaga el coche con el que se produjo el atropello "para que el pudiera eludir su responsabilidad". Por su parte, el abogado de la viuda, Angeles Madero, se felicitó por la sentencia.