El Consejo de Ministros aprobó ayer la norma que eliminará de un plumazo el derecho de las mujeres a abortar libremente. El anteproyecto legal no elimina completamente la posibilidad de interrumpir un embarazo, como les hubiese gustado a los autodenominados grupos provida y al ala más retrógrada del PP, pero sí introduce un sinfín de cortapisas y requisitos que deben cumplir las gestantes que quieran someterse a la intervención, de forma que cuando la norma vea definitivamente la luz, dentro de más de un año, España se alejará considerablemente de los países de su entorno europeo para situarse entre los estados con legislaciones más severas.

La oposición, colectivo médico y asociaciones de mujeres lamentaron que la norma suponga una vuelta al pasado, haga casi imposible el aborto y resuelva con una "chapuza jurídica" el tema de las malformaciones, que se vincula al riesgo para la salud psíquica de la madre. En su opinión, habrá más abortos clandestinos y viajes al extranjero.

EL NO NACIDO, PRIMERO El nombre del texto legal ya es de por sí significativo: ley para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada. Es decir, los intereses del no nacido se sitúan por delante de los de la gestante, que además de verse en la tesitura de tomar una de las decisiones más difíciles de su vida, tendrá que superar diversas trabas burocráticas que retrasarán el momento en el que se someterá a la intervención, si no la impiden completamente.

El Gobierno ha sacado adelante el texto después de dos años de tensa división entre los ministros partidarios de aprobar un texto muy duro y los que se sentían cómodos con la legislación que estuvo vigente en España desde 1985 hasta que el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó, en el 2010, la actual ley de plazos, que el anteproyecto aprobado ayer derogará íntegramente cuando entre en vigor. El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, reconoció ayer, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, que el Ejecutivo se ha tomado un "periodo de reflexión ciertamente amplio" y ha meditado "mucho sobre sus propias propuestas". El resultado consiste en tirar por la calle de enmedio para satisfacer las posiciones encontradas. No se podrá abortar bajo el supuesto de malformación fetal, es decir, la normativa es más dura que la de 1985, pero para agradar al sector más incómodo con los cambios se deja la puerta abierta a que las gestantes aleguen que traer al mundo un bebé con graves anomalías les genera un riesgo psíquico y así puedan interrumpir su embarazo.

LAS ANOMALIAS En resumen, si la primera norma de la democracia despenalizaba el aborto en tres supuestos: violación, riesgo para la salud de la madre y malformación fetal, la norma de Gallardón solo lo permite en los dos primeros y los restringe considerablemente. En el caso de violación, donde no ha habido debate, se requiere que la agredida haya denunciado el ataque y que el aborto se haga en las 12 primeras semanas de gestación. Además, las gestantes deberán acudir a los servicios sociales y reflexionar siete días.

En cuanto al supuesto de la salud de la madre, si con la ley de 1985 se necesitaba la acreditación de un médico, ahora la embarazada deberá contar con la firma de dos médicos de la especialidad correspondiente a la patología que sufra (psiquiatras si se acoge al riesgo psíquico, el que alegaba antes la mayoría) y que trabajen en un centro hospitalario distinto de aquel donde se practique el aborto. Es decir, como el 97% de las intervenciones se realizan en clínicas privadas, la mujer deberá irse a otra clínica y pagar de su bolsillo el informe que han de firmar dos facultativos para poder interrumpir su embarazo. La intervención en sí seguirá estando sufragada por la sanidad pública.

En el caso de que espere un bebé con anomalías incompatibles con la vida, el informe sobre la salud psíquica de la madre lo deberá firmar un solo médico y otro acreditar el riesgo fetal. A partir de la semana 22, la gestación solo se podrá interrumpir si se detecta una malformación incompatible con la vida o si hay riesgo de que la madre muera. En ambos casos, no será un aborto sino un parto inducido.