Los puestos deberán tener un seguro de responsabilidad civil, las horas de montaje y desmontaje estarán reguladas para evitar la circulación de vehículos, los solicitantes habrán de cumplir ciertos requisitos fiscales y estar limpios de deudas con el Ayuntamiento de Cáceres, los vendedores de alimentos dispondrán del carnet de manipulador, los puestos contarán con hojas de reclamaciones y facilitarán una dirección fija a la que poder dirigirse en caso de productos defectuosos… Son algunas de las normas incluidas en la nueva Ordenanza Municipal de la Venta Ambulante y de los Mercadillos de Cáceres, aprobada por el pleno del ayuntamiento de forma inicia con un respaldo unánime (se admitieron aportaciones de la oposición), que ya se encuentra en periodo de exposición pública.

Regula los 10 mercadillos anuales que existen en la ciudad: mercado franco, Aldea Moret, Ronda de Carmen, Valdesalor, Rincón de Ballesteros, Estación Arroyo-Malpartida (ahora en suspenso), Semana Santa, Navidad, recinto ferial (durante San Fernando), y mercadillo de flores del cementerio (Los Santos). «Da mayor seguridad tanto a los vendedores como a los usuarios, estableciendo una normativa clara», explica la concejala del área, María Ángeles Costa. Se trata de una actualización obligada para adaptarse a la nueva Ley 8/2018, de 23 de octubre, del Comercio Ambulante de Extremadura, pero la pandemia ha retrasado los plazos al impedir ciertos trámites, aunque ya está prácticamente lista. El borrador ha pasado el filtro de la Comisión de Empleo, Recursos Humanos, Régimen Interior, Policía Local y Seguridad Vial, también por unanimidad, y ha sido sometido a un proceso participativo abierto.

LOS DIEZ MERCADILLOS ANUALES DEL MUNICIPIO: citas

  • MERCADO FRANCO: Todos los miércoles. Montaje de 6.30 a 8.15 en invierno y de 6.00 a 8.15 en verano. Hasta las 14.00. Consta de 365 puestos.
  • ALDEA MORET: Sábados. De 8.00 a 14.00. Siete puestos.
  • RONDA DEL CARMEN: Jueves. De 8.00 a 14.00. Se da preferencia a ONG. Catorce puestos.
  • VALDESALOR. Sábados. De 8.00 a 14.00. Cinco puestos.
  • R. DE BALLESTEROS: Primer y tercer sábado de mes. De 8.00 a 14.00. Cinco puestos.
  • ARROYO-MALPARTIDA: Se establecen las bases para cuando se quiera celebrar.
  • SEMANA SANTA: Cánovas. 21 puestos para juguetes, regalos, golosinas y frutos secos.
  • NAVIDAD: Cánovas. 15 de diciembre -10 de enero. 23 puestos de juguetes, artículos navideños, regalos, dulces...
  • SAN FERNANDO: Ferial. Cien módulos para bisutería, ropa, música, regalos, artesanía...
  •  TODOS LOS SANTOS: Mercadillo de flores en el cementerio con 12 puestos.

Finalizado el periodo de exposición pública, habrá que estudiar las alegaciones que se presenten. En todo caso, la edil de Economía, Hacienda, Mercados y Comercio, asegura que trabajan con celeridad «para que en 2022 podamos realizar las renovaciones de los puestos con esta ordenanza, que sería lo legítimo».

Desde la Asociación de Empresarios del Comercio de Cáceres (AECA) consideran que los cambios introducidos eran por lo general «necesarios», y que la nueva ordenanza se muestra «más estricta» respecto a «las ilegalidades y la competencia desleal» que se ha venido produciendo en los mercadillos, frente al resto del comercio y de los vendedores ambulantes «que sí han cumplido siempre los requisitos», indica la presidenta, Paqui Campos.

Por su parte, la Asociación de Comerciantes Autónomos de Extremadura (Acaex), que aglutina al mayor número de vendedores ambulantes (unos 500), no cuestiona la mayoría de los aspectos precisamente porque se consideran vendedores profesionales, con los mismos deberes y derechos que el resto, pero sí dos puntos que para ellos son «cruciales» y que se recogen en la propia ley regional: el plazo máximo de 14 años de las licencias y la «ambigüedad» en la figura del suplente.

A continuación, este diario repasa los principales contenidos de la ordenanza cacereña:

1. Seguro civil y transparencia

El nuevo texto establece que el solicitante de autorización para la venta ambulante deberá cumplir varios requisitos, como estar dado de alta en el IAE y en el régimen de la Seguridad Social que corresponda (al corriente en el pago de las cotizaciones), no arrastrar deudas pendientes con el ayuntamiento, indicar una dirección donde se atenderán las reclamaciones, y tener contratado un seguro de responsabilidad civil por importe mínimo de 300.000 euros. La concejala Mª Ángeles Costa pone el acento sobre esta última condición, «que exime al ayuntamiento, y por tanto a la ciudadanía, de correr con la responsabilidad ante cualquier incidencia». En todo caso, y aún cumpliendo los requisitos, ninguna persona física o jurídica podrá acaparar más del 5% de los puestos de un mercado.

2. Todo a la vista

El consistorio entregará al titular una tarjeta identificativa con los datos esenciales de la autorización, que estará en un lugar visible del puesto para la clientela. También deberán exponerse los precios de venta de las mercancías, y tener a disposición de los ciudadanos las hojas de quejas y reclamaciones. Los agricultores vendedores de sus propios productos habrán de acreditar el origen de los mismos.

«La ordenanza viene a poner coto a algunas ilegalidades que han sido consentidas en la venta ambulante desde las propias instituciones. El nuevo texto no exige a esta venta ni más ni menos que a una tienda física, y eso es lo correcto. Los propios vendedores ambulantes que forman parte de nuestro colectivo lo ven positivo para acabar con la competencia desleal», rubrica la presidenta de AECA.

3. Licencia por siete años

La ordenanza cacereña se adapta en este punto a lo establecido en la ley regional, pero se trata del aspecto más controvertido. Establece que la autorización para ejercer la venta ambulante será concedida por el ayuntamiento a título personal por 7 años, prorrogables otro 7. «Cada año se revisará por los técnicos municipales para garantizar que se mantienen los requisitos», especifica la concejala. Si el titular muere o enferma, la autorización podrá transmitirse a familiares de primer y segundo grado hasta que venza.

Acaex no aprueba el plazo. «No tiene sentido que nos obliguen a abandonar nuestro empleo a los 7 o 14 años, que nuestros puestos de trabajo se vuelvan a sortear. Eso no ocurre con otras licencias municipales, por ejemplo el taxi», alega el presidente, Julián Cruz. El colectivo considera que dicha autorización debería extenderse hasta la jubilación del titular. «Somos autónomos, cotizamos por ello, invertimos en nuestros vehículos, en el negocio… Este trabajo exige constancia, esfuerzo a la intemperie, porque un puesto no se saca adelante de la noche a la mañana. Tenemos nuestros mercados semanales, necesitamos una previsión, unos ahorros, el clima limita mucho la actividad de los mercadillos... Cumplimos los requisitos de cualquier comerciante y no parece muy lógico que te quedes de pronto en la calle», argumenta.

Si la limitación a 7 años viene dada por un modo de ver la venta ambulante como un recurso para familias desfavorecidas, a fin de dar oportunidad a más personas, desde Acaex ya no comparten esa visión. Ellos la consideran como una actividad comercial más, con sus características propias, en la que estos autónomos se han especializado. Por ello presentarán alegaciones a la ordenanza y además pretenden debatir este punto con el propio secretario general de Economía y Comercio de la Junta de Extremadura, e incluso llevar sus demandas «a instancias europeas» sin fuese necesario. 

4. La figura del suplente

Precisamente, la entrada de nuevos trabajadores y futuros titulares de puestos en los mercadillos se arreglaría «regulando debidamente la figura del suplente», subraya el presidente de Acaex. Es una figura que se recoge de forma ambigua en la ley regional, y en la ordenanza cacereña solo se admite cuando el titular de la licencia sea una persona jurídica. En el resto de los casos, la autorización se otorga a título personal y esa persona debe estar siempre en su puesto si no quiere que le revoquen la licencia. Solo ante una causa justificada, «y de forma ocasional», le pueden sustituir familiares que consten en la autorización.

«Pero nosotros no queremos favores ni concesiones ‘de prestado’, que suponen un agravio frente al resto del comercio. Somos autónomos y nos podemos poner enfermos, sufrir un problema familiar, tener el vehículo averiado, coger unas vacaciones, atender otros asuntos del negocio… Necesitamos que todo sea legal, tener suplentes como otras tiendas tienen empleados, por supuesto inscritos previamente y con todos los requisitos exigidos (cuota de autónomo, alta en el IAE, Hacienda y Seguridad Social al día…). Los titulares asumiríamos cualquier responsabilidad», aclara Julián Cruz.

Acaex también plantea que los mercadillos no sean «cerrados», de modo que, cuando se instalen los puestos autorizados y algunos falten a su cita, otros puedan ocupar su espacio ese día para facilitar más empleos y más oferta comercial.

5. Controles, etiquetado...

El ayuntamiento cacereño, a través de la Policía Local, ejercerá el control de la venta ambulante: origen e identidad de los productos, condiciones sanitarias de la mercancía, cumplimiento de la normativa sobre precios, etiquetado, presentación y publicidad de productos, y seguridad del recinto. Los agentes retirarán la mercancía adulterada, deteriorada, falsificada o no identificada que pueda entrañar riesgos.  

«Mediante esta ordenanza queremos poner en valor la venta ambulante, que siempre ha estado un tanto cuestionada. En la actualidad hay muchos empresarios que cumplen perfectamente con sus obligaciones», destaca la concejala.

6. Limpieza y ornato

Según el nuevo texto, los puestos «guardarán un mínimo de estética y presentación», y mantendrán su espacio y los alrededores «en las debidas condiciones de limpieza y ornato público». Los productos deberán situarse por lo general a cincuenta centímetros del suelo como mínimo. Los alimentos nunca podrán estar sobre el pavimento. Además se prohíbe la megafonía, y los toldos o voladizos tampoco podrán molestar a los viandantes.

La concejala llama la atención sobre este aspecto: «Vamos a incidir mucho en la limpieza, porque sabemos que es bastante mejorable, como también sabemos que los vendedores lo están corrigiendo».

7. Sanciones de hasta 10.000 euros

La nueva ordenanza establece tres niveles. Se consideran infracciones leves (apercibimiento o multa de hasta 500 €) no exponer los precios, no tener hojas de reclamaciones o dejar el lugar con suciedad. Entre las graves (de 501€ a 2.000 €) destaca el incumplimiento de las condiciones recogidas en la licencia en cuanto al lugar autorizado, fecha, hora o ubicación de los puestos. Dentro de las muy graves (de 2.001€ a 10.000 €) figura la ausencia de autorización municipal para ejercer la venta ambulante, o la resistencia, coacción o amenazas a la autoridad.