El imán de Talayuela, Yahya Benaouda, ya se encuentra en Marruecos, después de que el Ministerio del Interior ordenara su expulsión durante diez años por propagar el salafismo y el islamismo radical. Su abogada, Aziza Maghni, solicitó in extremis a la Audiencia Nacional medidas cautelarísimas para paralizar la deportación, puesto que la causa está aún pendiente de juicio en la Audiencia Nacional, señalado para el próximo 8 de noviembre, pero fueron denegadas. Su extradición, aunque se ejecutó en menos de 24 horas (se le detuvo el martes por la mañana y el miércoles a las 11.20 horas estaba volando hasta Marruecos), es la consecuencia de una larga investigación que comenzó en el año 2020, tras tener constancia las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado de que en la mezquita de Talayuela Banouda aprovechaba los rezos para hacer apología del islam más radical. Pero, ¿qué delito ha cometido? ¿Qué es lo que ha llevado a que haya sido extraditado de una forma tan urgente?

Según consta en la investigación, tal y como explica su abogada, Aziza Maghni, se le acusa de dar órdenes a los hombres de la comunidad musulmana para que impusieran normas rigurosas en su casa, obligándoles a que practicaran la diferenciación de género y a que exigieran a sus mujeres llevar burka. Estas creencias forman parte del islam más extremo porque los salafistas defienden un retorno a la fe original del islam, a través de una lectura literal y ortodoxa del Corán. Sus adeptos pretenden imitar a Mahoma en todos los actos de la vida cotidiana, incluidos la forma de comer o de vestirse, por eso llevan chilaba blanca y barba larga con el bigote cortado. En su defensa su abogada apunta que en su vida él «nunca» ha practicado estas doctrinas: «Si lo practicara, su mujer tendría que llevar burka y solo usa pañuelo, como la gran mayoría de las mujeres musulmanas, además su esposa tiene carné de conducir, estudió una carrera en Marruecos y trabaja en España», añade la letrada. «Yahya –insiste- es un musulmán moderado tolerante, que practica su religión pero de una manera pacífica y desde un discurso de convivencia».

En ese expediente no se menciona que Benaouda hiciera apología del terrorismo, sin embargo el salafismo tiene una corriente ligada al yihadismo que prioriza la lucha armada sobre la predicación religiosa y se caracteriza por situar a la yihad en el centro de la creencia religiosa, considerando que cualquier musulmán está autorizado a pronunciar una yihad obligatoria e individual. Es por eso que la autoridad judicial y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad consideran que esa difusión radical del islam pone en riesgo la seguridad del Estado porque ese adoctrinamiento puede terminar en la captación de adeptos para posibles actos terroristas. No obstante su abogada incide en que no existen «pruebas de cargo» para los hechos que se le imputan. «No hay discursos grabados, ni siquiera un testigo, aunque fuera protegido, que confirme lo que dice el expediente», advierte.

El Ministerio del Interior lo que ha hecho es cumplir la Ley Orgánica 4/2000 sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España, que tipifica como «infracción muy grave», los hechos cometidos por Yahya Benaouda. De hecho, el poner en riesgo la seguridad nacional es el único supuesto para el que se permite la expulsión a un ciudadano extranjero de larga duración y con arraigo en España, como es el caso del imán de Talayuela, que llevaba 20 años afincado en esta localidad cacereña y tiene cinco hijos, cuatro de los cuales con nacionalidad española y entre ellos una bebé de nueve meses.

Años de investigación

Pero esta decisión no se toma a la ligera, sino que lleva detrás una ardua investigación tanto de la policía como del Cuerpo Nacional de Inteligencia. Lo explica el magistrado de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx), Raimundo Prado: «Eso no se lo inventa uno. Las brigadas de información de la policía tienen conocimiento por diversos medios de que eso existe y por eso se abre un expediente. No basta con que llegue un policía y diga que este señor está haciendo radicalismo islámico, sino que en el expediente sancionador tiene que haber datos que justifiquen eso», señala.

«Son doctrinas del proselitismo y normalmente se suelen captar adeptos para ejercer el terrorismo»

Raimundo Prado - Magistrado de la sala de lo contencioso administrativo del TSJEX

El magistrado aclara además que no es necesario haber cometido un delito para que un extranjero sea extraditado. Benaouda no ha incurrido de momento en ninguno pero el hecho de que haya puesto en riesgo la seguridad nacional, o al menos así lo entienden tanto el Ministerio del Interior como la Audiencia Nacional, es una razón de peso para deportarlo. «El salafismo y el islamismo radical sí se consideran una actividad contraria a la seguridad nacional porque son doctrinas del proselitismo y normalmente se suelen captar adeptos que, de alguna manera, su capacidad de decisión queda obnubilada por la del líder, por la persona que lo capta para, en su momento, ejercer si fuera necesario actividades de tipo terrorista, racista, religiosas,…», añade el magistrado.

Por eso insiste en que «si la Audiencia lo ha confirmado (la expulsión) es porque simplemente no rezaba en la mezquita, sino porque hay datos objetivos de captación, de proselitismo y de islamismo radical. Evidentemente por rezar y por decir que eres de una religión no se te expulsa», argumenta Raimundo Prado.

Por ser extranjero

A Yahya Benaouda, eso sí, se le ha deportado porque es extranjero, ya que este mismo delito, de haberlo cometido un ciudadano español, no conllevaría esta sanción; entre otras cosas porque la Constitución impide que un español pueda ser expulsado de España. «En estos asuntos los extranjeros no tienen los mismos derechos que los españoles. Esto, si lo hace alguien de Casar de Cáceres, se le puede denunciar y juzgar, pero no expulsarlo», aclara el magistrado.

«Yahya Benaouda es un musulmán moderado tolerante, que practica su religión de manera pacífica»

Aziza Maghni - ABOGADA DEL IMÁN

Han sido la brigada de Extranjería y Fronteras de la Policía Nacional y el Cuerpo Nacional de Inteligencia los que han abanderado las pesquisas. La apertura de este expediente, en el año 2020, supuso para Benaouda perder el permiso de residencia, a la espera de que la situación se solucionara. Su defensa ha intentado en tres ocasiones (dos ante el Ministerio del Interior y una ante la Audiencia Nacional) frenar la expulsión, pero todas las veces ha sido denegada su petición. A lo que se une una cuarta, con la solicitud de las medidas cautelarísimas ante la Audiencia Nacional, que también fueron rechazadas.

Finalmente se le extraditó en un vuelo desde el aeropuerto de Barajas-Adolfo Suárez hasta Casablanca. Después se ha trasladado hasta Oujda, su ciudad de origen, la más grande del norte de Marruecos. Permanecerá allí hasta la celebración del juicio en la Audiencia Nacional el próximo 8 de noviembre, a la espera de si se confirma la orden de expulsión o se revoca. En el caso de que ocurriera esto último ya avanza que solicitará una indemnización por los daños causados. Si la ratifica no podrá volver a España, pero tampoco se le impondrá ninguna sanción más ni será juzgado en Marruecos, porque allí no tiene ninguna causa pendiente. 

Concentración, hoy, contra la orden de expulsión

La comunidad musulmana de la localidad cacereña de Talayuela, en la que residía Yayha Benaouda, ha convocado para hoy viernes una concentración en apoyo al imán y para mostrar su rechazo a la orden de expulsión del Ministerio del Interior. Será entre las 16.00 y las 18.00 horas en la plaza Real, frente al ayuntamiento del municipio, y llevará por lema ‘Contra la expulsión injusta e inhumana de nuestro familiar Yahya Benaouda’. Está prevista la asistencia de unas 700 personas. Ya el miércoles, cuando se ejecutó la extradición, se llevó a cabo una concentración improvisada para mostrar el desacuerdo a esta decisión.