El Ayuntamiento de Villamiel ha aprobado, de manera definitiva, la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por otorgamiento de licencias urbanísticas y control urbanístico. Esta tasa, según justifica el propio consistorio, viene constituida por la actividad municipal, tanto desde el punto de vista técnico como desde la labor administrativa, que conlleva el hecho de verificar si las actuaciones de edificación y uso del suelo que se realizan dentro del término municipal se ajustan a las normas urbanísticas de edificación y policía previstas en la legislación sobre el suelo y en la normativa urbanística vigente. Y, en su caso, al proyecto y condiciones en las que la licencia de obras fue concedida. Estarán sujetos a la licencia municipal de obras de edificación, construcción e instalación, distintas actuaciones como son, entre otras, la demolición de construcciones, salvo en los supuestos de declaración de ruina inminente. También algunas obras de urbanización, las de ampliación, modificación, reforma, rehabilitación o demolición cuando alteren la configuración arquitectónica del edificio por tener el carácter de intervención total y las instalaciones temporales destinadas a los espectáculos públicos y actividades recreativas. La ordenanza recoge, entre otros aspectos, las normas de gestión, infracciones y sanciones, así como exenciones y bonificaciones.