El letrado mayor de la Cámara, Javier Cirieros, explica que el Artículo 42 del Reglamento de la Asamblea otorga al presidente la labor de "policía" dentro del Parlamento, y no solo le da la potestad de expulsar de la Cámara y todos sus recintos a quienes perturben el orden, sino también de pedir incluso a los agentes que practiquen deteniciones. Textualmente, el texto dice lo siguiente: "El presidente velará por el mantenimiento del orden en el recinto de la Asamblea y en todas sus dependencias, para lo cual podrá adoptar cuantas medidas considere oportunas, poniendo incluso a disposición judicial a las personas que perturben aquél".